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[Supervisado por un agente de la propiedad industrial] Por qué son imprescindibles el «estudio de propiedad intelectual» y el «informe pericial» al suministrar productos a grandes

 

1. Introducción: los riesgos relacionados con la propiedad intelectual que entraña el suministro de productos a grandes superficies y mayoristas

«Por fin nos ha llamado una gran cadena de distribución», «Nos ha seleccionado el comprador de una cadena nacional»: para los fabricantes y proveedores, el suministro de productos a las cadenas de distribución y los canales mayoristas supone un gran punto de inflexión en la expansión de su negocio. El volumen de ventas se multiplica de golpe y el reconocimiento de la marca aumenta de forma espectacular.

Sin embargo, tras ese escenario tan brillante se esconden graves riesgos relacionados con la propiedad intelectual (PI). Si los productos de la empresa infringen los derechos de patente, de diseño o de marca de otras empresas, las relaciones comerciales con las grandes superficies se pueden romper en un instante, lo que puede dar lugar a la peor de las situaciones: indemnizaciones por daños y perjuicios de enorme cuantía o la retirada de los productos de todas las tiendas.

De hecho, no son pocos los fabricantes pequeños y medianos que, a raíz de problemas de propiedad intelectual, han visto suspendidas de forma permanente sus relaciones comerciales con las grandes superficies, lo que ha puesto en peligro incluso la supervivencia de su negocio. Cuanto más grande es la gran superficie, más estricta es la normativa de cumplimiento en materia de propiedad intelectual, y en este mundo no basta con alegar «no lo sabía».

En este artículo, dirigido a fabricantes y proveedores que estén considerando suministrar productos a grandes superficies y canales mayoristas, explicamos en detalle el contenido concreto de la investigación de propiedad intelectual (investigación de autorización) que debe realizarse antes de la entrega, así como la eficacia de los informes periciales de los abogados especializados en propiedad intelectual para convencer a los compradores. Utilícelo como guía práctica para eliminar de antemano los riesgos relacionados con la propiedad intelectual y ampliar sus negocios con tranquilidad.

Índice

  1. Introducción: los riesgos de propiedad intelectual que acechan en el suministro de productos a grandes superficies y mayoristas
  2. ¿Por qué las grandes superficies exigen con tanta rigidez la investigación de la propiedad intelectual y la prueba de no infracción?
  3. Tres sanciones graves en caso de problemas de propiedad intelectual
  4. Contenido de la investigación sobre propiedad intelectual (investigación de autorización) que debe realizarse antes de la entrega
  5. El efecto de los informes periciales de los abogados especializados en propiedad intelectual para convencer a los compradores de las grandes superficies
  6. Ventajas de contratar a un agente de la propiedad industrial
  7. Ejemplos de errores habituales
  8. Resumen: cómo afianzar las relaciones comerciales con las grandes superficies mediante la investigación de propiedad intelectual y los dictámenes

2. ¿Por qué las grandes superficies exigen con tanta rigurosidad la investigación de la propiedad intelectual y la prueba de no infracción?

Hay razones claras que explican por qué las grandes superficies exigen con tanta rigurosidad a sus socios comerciales la realización de investigaciones sobre propiedad intelectual y la prueba de no infracción. No se trata de un mero requisito formal, sino de un problema acuciante que afecta directamente a la propia supervivencia de las grandes superficies.

2-1. Cumplimiento riguroso de las normas de cumplimiento normativo

Las grandes cadenas minoristas suelen ser empresas que cotizan en bolsa y basan su gestión en el cumplimiento normativo (compliance). Si los productos adquiridos infringieran los derechos de propiedad intelectual de otras empresas, la propia cadena minorista correría el riesgo de ser considerada responsable legalmente como vendedora de productos infractores.

Según la Ley de Patentes y la Ley de Marcas, el mero hecho de vender productos infractores «con fines comerciales» se considera en sí mismo un acto de infracción. En otras palabras, a las grandes superficies no les sirve la excusa de que «solo los han adquirido del fabricante». Por eso intentan eliminar a fondo los riesgos relacionados con la propiedad intelectual ya en la fase de adquisición.

Punto clave: los grandes distribuidores asumen responsabilidad legal incluso por el mero hecho de vender productos infractores que hayan adquirido. Por eso el departamento de cumplimiento normativo participa activamente en la revisión de las compras. La falta de una investigación sobre la propiedad intelectual es un factor determinante para que la revisión de la transacción sea rechazada.

2-2. Cláusula de garantía de no infracción en los contratos

Los contratos básicos de transacción con las grandes superficies incluyen, casi sin excepción, una «cláusula de garantía de no infracción». Se trata de una cláusula por la que el proveedor garantiza que «sus productos no infringen los derechos de propiedad intelectual de terceros».

Riesgos graves ocultos en las cláusulas contractuales

En caso de incumplimiento de la cláusula de garantía de no infracción, el proveedor estará obligado a indemnizar por todos los daños y perjuicios sufridos por la gran superficie. Esto incluye los gastos de retirada de productos, los gastos de retirada en las tiendas, los gastos de adquisición de productos sustitutivos, el lucro cesante e incluso los gastos procesales en caso de que la gran superficie sea demandada por el titular de los derechos. Si no se ha completado la investigación de propiedad intelectual antes de firmar el contrato, esta cláusula puede convertirse en una «bomba de relojería».

Firmar el contrato equivale a comprometerse legalmente a que «el proveedor asuma todos los riesgos relacionados con la propiedad intelectual». Por eso es imprescindible realizar una investigación de propiedad intelectual antes de firmar el contrato.

2-3. El riesgo de reputación en la era de las redes sociales

En el entorno empresarial actual, los problemas de propiedad intelectual no solo suponen un riesgo legal, sino también un grave riesgo para la reputación (la imagen de la empresa). Con el desarrollo de las redes sociales y los medios de comunicación en Internet, las noticias sobre infracciones de propiedad intelectual se difunden al instante.

Hay que tener mucho cuidado con el riesgo de que se desate una polémica en las redes sociales

«En esa gran superficie se venden productos falsificados», «una gran cadena que vende descaradamente productos plagiados»: una vez que se difunden este tipo de publicaciones en las redes sociales, la imagen de marca de la gran superficie sufre un daño enorme. El hecho de que las grandes superficies exijan a los proveedores una investigación rigurosa sobre la propiedad intelectual se debe, en parte, a la necesidad de proteger la fiabilidad de su propia marca. Debe considerarse prácticamente imposible reanudar las relaciones comerciales con un proveedor que haya provocado una polémica en las redes sociales.

3. Tres sanciones graves en caso de problemas de propiedad intelectual

Si un proveedor suministra productos a una gran superficie sin haber realizado las investigaciones de propiedad intelectual pertinentes y, posteriormente, se descubre que infringe los derechos de propiedad intelectual de otra empresa, las sanciones a las que se enfrenta son de una gravedad inimaginable. Las tres sanciones siguientes suponen, en todos los casos, un golpe que pone en peligro la supervivencia de la empresa.

3-1. Retirada y recuperación de todas las tiendas

Sanción 1: Retirada inmediata y recuperación de los productos de todas las tiendas

En el momento en que se descubre la infracción de la propiedad intelectual, la cadena de grandes superficies retira inmediatamente los productos en cuestión de todas sus tiendas a nivel nacional. Se trata de una retirada simultánea que abarca cientos de tiendas y, en algunos casos, miles. Los gastos logísticos de la retirada, los costes de mano de obra del personal de las tiendas y los gastos de eliminación de residuos: todo ello debe correr a cargo del proveedor. En el caso de las cadenas de grandes superficies con presencia en todo el país, no es raro que solo los gastos de retirada alcancen varios millones de yenes. Además, dado que los productos retirados no se pueden vender, el coste de adquisición se convierte en una pérdida total.

3-2. Indemnización por daños y perjuicios de cuantía elevada

Sanción 2: Reclamación de una indemnización por daños y perjuicios de cuantía elevada

Además de la reclamación de indemnización por daños y perjuicios por parte del titular de los derechos, la cadena de grandes superficies también reclamará una indemnización basada en el incumplimiento de la cláusula de garantía de no infracción.Esto supone asumir una «doble responsabilidad indemnizatoria»: la indemnización al titular de los derechos y la indemnización a la cadena de distribución. La indemnización a la cadena de distribución incluye una amplia variedad de conceptos, como los gastos de recogida de productos, la pérdida de oportunidades de venta, los gastos de adquisición urgente de productos sustitutivos y la indemnización por el daño a la imagen de marca. Para los fabricantes pequeños y medianos, el importe puede alcanzar niveles que, tras un solo problema de propiedad intelectual, pueden llevar directamente a la quiebra.

3-3. Suspensión de las transacciones y congelación de cuentas

Sanción 3: Suspensión de las transacciones y congelación de cuentas

Las relaciones comerciales con el proveedor que haya provocado el conflicto de propiedad intelectual se suspenderán de forma inmediata y total. Por lo general, no solo se congelan las transacciones relacionadas con el producto en cuestión, sino también con todos los demás productos que se comercializan.Además, debido al intercambio de información dentro del sector entre las grandes cadenas minoristas, la situación puede derivar en la inclusión en una «lista negra», lo que hace que otras cadenas del mismo sector eviten también el comercio con la empresa en cuestión. Recuperar una vez perdida la cuenta comercial con una gran cadena minorista es extremadamente difícil, lo que significa perder el principal canal de distribución del negocio de la noche a la mañana.

La siguiente tabla resume las tres sanciones.

Sanción Contenido Magnitud prevista de los daños
Retirada y recogida de todos los establecimientos Recogida inmediata de todas las tiendas del país y eliminación de residuos Más de varios millones de yenes (gastos de logística, gastos de eliminación y coste de adquisición)
Indemnización por daños y perjuicios de cuantía elevada Indemnización doble a los titulares de los derechos y a las grandes superficies De varios millones a varios cientos de millones de yenes (fatal para las pymes)
Suspensión de las relaciones comerciales y congelación de cuentas Suspensión de todas las transacciones, inclusión en la lista negra del sector Pérdida de los principales canales de distribución (riesgo para la supervivencia de la empresa)

Estas sanciones no son en absoluto exageradas. Existen casos reales de empresas que se han visto abocadas a la quiebra por no haber realizado una investigación de propiedad intelectual. Por eso, la investigación de propiedad intelectual previa a la entrega no es un «seguro», sino un «proceso imprescindible».

4. Contenido de la investigación de propiedad intelectual que debe realizarse antes de la entrega (investigación de autorización)

La investigación de propiedad intelectual que debe realizarse antes de la entrega a las grandes superficies se denomina «investigación de autorización» o «investigación FTO (Freedom to Operate)». Se trata de una investigación destinada a confirmar que los productos de la empresa no infringen los derechos de propiedad intelectual de terceros y a garantizar que se pueden fabricar y vender libremente. La investigación se centra principalmente en los tres tipos de derechos de propiedad intelectual siguientes.

4-1. Investigación de derechos de patente y de modelo de utilidad

Investigación de autorización de patentes y derechos de modelo de utilidad

Objeto de la investigación: derechos relacionados con aspectos técnicos, como la estructura, la función, el método de fabricación y la combinación de materiales del producto. Proceso

de la investigación: en primer lugar, se definen las características técnicas del producto de la empresa y se identifican las clasificaciones de patentes pertinentes (IPC, FI, F-Term). A continuación, se realiza una búsqueda exhaustiva de patentes relacionadas utilizando bases de datos como J-PlatPat (plataforma de información sobre patentes) y se comparan detalladamente las reivindicaciones (alcance de la patente) de las patentes extraídas con el producto de la empresa.Puntos a

tener especialmente en cuenta: La interpretación de las reivindicaciones de una patente requiere un criterio especializado. Aunque el texto pueda parecer diferente, puede considerarse infracción en virtud de la «doctrina de la equivalencia». Además, no se plantean problemas de infracción en el caso de patentes cuyo plazo de vigencia haya expirado o que hayan caducado por impago de las tasas de mantenimiento. La verificación de la validez de los derechos es también un aspecto importante de la investigación.

4-2. Investigación de derechos de diseño

Investigación de disponibilidad de derechos de diseño

Objeto de la investigación: son los derechos relativos al diseño (aspecto exterior) de los productos. La forma, los motivos, los colores e incluso el diseño del embalaje o la interfaz gráfica de usuario (GUI) están protegidos por derechos de diseño. Proceso

de investigación: se recopilan las características de diseño de los productos de la empresa y se buscan los diseños registrados relevantes basándose en la clasificación de diseños (Clasificación de Locarno y Clasificación de Diseños de Japón).Se comparan visualmente los diseños extraídos con el diseño de los productos de la empresa para determinar su similitud. Puntos a

tener especialmente en cuenta: dado que la determinación de la similitud de los diseños se basa en la «impresión visual del consumidor», es posible que se considere una infracción aunque los detalles difieran, siempre que la impresión general sea similar. Además, debido a la reforma de la Ley de Diseños de 2020, el ámbito de protección se ha ampliado para incluir diseños parciales, diseños relacionados y diseños de edificios e interiores, por lo que es necesario verificar minuciosamente el estado actual de los registros.

4-3. Investigación de derechos de marca

Investigación de disponibilidad de derechos de marca

Objeto de la investigación: se trata de los derechos relativos a los signos que indican el origen de un producto, como el nombre del producto, el logotipo de la marca, los caracteres, figuras y símbolos utilizados en el embalaje, así como los eslóganes y lemas.

Proceso de investigación: se identifican los nombres de productos y logotipos que se utilizarán en los productos de la empresa y se busca en J-PlatPat, etc., si existen marcas anteriores idénticas o similares. Para determinar la similitud de las marcas, se realiza una evaluación global basada en tres elementos: la apariencia (aspecto), la pronunciación (forma de leer) y el concepto (significado). Puntos a

tener especialmente en cuenta: dado que los derechos de marca se generan para cada producto o servicio designado, es posible que, aunque se trate de la misma marca, no se plantee ningún problema si el sector de productos es diferente.Por el contrario, aunque el nombre del producto sea diferente, si la pronunciación es la misma, puede considerarse una infracción. Además, si se asemeja a la marca de una marca famosa, es posible que esté sujeta a la Ley de Prevención de la Competencia Desleal, incluso si el sector de productos es diferente.

La siguiente tabla muestra una comparación de los estudios de disponibilidad de los tres tipos de derechos de propiedad intelectual.

Tipo de propiedad intelectual Objeto de la investigación Ejemplos de productos objeto de estudio Riesgos principales
Derechos de patente y de modelo de utilidad Estructura, función y método de fabricación Electrodomésticos, artículos de uso diario, herramientas, utensilios para el procesamiento de alimentos, etc. Determinación de la infracción basada en la doctrina de la equivalencia, especialización en la interpretación de las reivindicaciones
Derechos de diseño Diseño exterior y embalaje Muebles, artículos diversos, envases, envases de cosméticos, etc. Determinación de la similitud basada en la impresión visual del consumidor
Derechos de marca Nombres de productos, logotipos y eslóganes Todos los productos (productos con marca o logotipo) Riesgo combinado de similitud fonética y la Ley de Prevención de la Competencia Desleal

5. Efecto del informe pericial de un agente de la propiedad industrial para convencer a los compradores de las grandes superficies

No basta con recopilar internamente los resultados de la investigación sobre propiedad intelectual para tranquilizar plenamente a los compradores de las grandes superficies. Aquí es donde cobra importancia el informe pericial de un agente de la propiedad industrial.

5-1. ¿Qué es un informe pericial de un agente de la propiedad industrial?

¿Qué es un informe pericial de un agente de la propiedad industrial?

Un dictamen de un agente de la propiedad industrial es un documento oficial en el que un agente de la propiedad industrial, en su calidad de experto en la materia, analiza desde un punto de vista especializado, tanto jurídico como técnico, si el producto en cuestión infringe o no determinados derechos de propiedad intelectual, y expone su conclusión. No se trata de una mera «opinión», sino que contiene un análisis lógico y una conclusión basados en los textos de la Ley de Patentes, la Ley de Diseños y la Ley de Marcas, así como en la jurisprudencia y los criterios de examen.Los agentes de la propiedad industrial son profesionales con titulación oficial, por lo que sus informes periciales gozan de una gran fiabilidad y valor probatorio.

5-2. Ofrecer «tranquilidad» al comprador

Los compradores de las grandes superficies siempre están preocupados por los riesgos que entrañan los productos que adquieren. Incluso si se trata de un producto superventas, si existe un riesgo en materia de propiedad intelectual, descartarán su compra. Al presentar el informe pericial de un agente de la propiedad industrial, se puede ofrecer al comprador una gran tranquilidad, al demostrar que «este producto cuenta con el aval de un experto».

Psicología del comprador: el comprador debe explicar «por qué se adquiere este producto» en el proceso interno de aprobación y autorización. Si se cuenta con el informe pericial de un agente de la propiedad industrial, con una sola línea que indique «se ha obtenido un informe pericial de no infracción por parte de un experto en propiedad intelectual», se puede superar sin problemas la revisión interna. Esto supone una gran ventaja también para el propio comprador. El informe pericial se convierte en un «arma» que respalda la toma de decisiones del comprador.

5-3. Sirve de escudo para negar la «intención o negligencia» en caso de que se produzca un incidente

Otro efecto importante del informe pericial es la reducción del riesgo en caso de que, en el peor de los casos, se determinara posteriormente que existe infracción.

El informe pericial funciona como un «escudo»

En las reclamaciones por daños y perjuicios por infracción de los derechos de propiedad intelectual, es requisito indispensable que exista «dolo o negligencia» por parte del infractor.Si se han vendido productos basándose en un informe pericial de un agente de la propiedad industrial, aunque finalmente se determine que se ha producido una infracción, se puede alegar que «se actuó confiando en el dictamen de un experto», lo que constituye un fundamento sólido para negar la dolo o la negligencia. De este modo, aumentan las posibilidades de reducir la cuantía de la indemnización por daños y perjuicios, así como de evitar la calificación de «infracción dolosa» (sujeta a un aumento punitivo de la indemnización), que se considera de carácter especialmente grave. El informe pericial es, al mismo tiempo, una herramienta comercial ofensiva y un medio de defensa jurídica defensiva.

6. Ventajas de contratar a un agente de la propiedad industrial

Al encargar la investigación de la propiedad intelectual y la elaboración del informe pericial a un agente de la propiedad industrial, se obtienen grandes ventajas que no se obtienen cuando la empresa se encarga de ello por sí sola.

6-1. Prevención de omisiones en la investigación

Ventaja 1: Prevención de omisiones en la investigación gracias a un análisis exhaustivo realizado por un profesional

La investigación de propiedad intelectual requiere conocimientos especializados avanzados y experiencia, como la selección de palabras clave de búsqueda, la identificación de la clasificación de patentes y la evaluación de similitudes. Si se limita a realizar una búsqueda sencilla por cuenta propia, existe el riesgo de pasar por alto derechos anteriores importantes.Los abogados de patentes cuentan con conocimientos técnicos propios basados en una amplia experiencia en investigaciones y detectan de forma exhaustiva derechos potenciales que la empresa no habría podido descubrir por sí sola. En particular, la detección de patentes relacionadas clasificadas en campos tecnológicos distintos, así como de derechos de diseño que suelen pasarse por alto, como los diseños parciales o relacionados, es una fortaleza propia de los expertos.

6-2. Propuesta de diseños de evitación

Ventaja 2: Propuesta de diseño de evitación en caso de detectarse un riesgo de infracción

Si, como resultado de la investigación, se detecta un riesgo de colisión con los derechos de propiedad intelectual de otras empresas, el agente de la propiedad industrial no se limita a informar de que «existe riesgo de infracción». Propone medidas de evitación concretas sobre cómo modificar el diseño o la configuración del producto para evitar la infracción.En el caso de las patentes, tras analizar los elementos constitutivos de las reivindicaciones, asesorará sobre qué elementos deben modificarse para quedar fuera del alcance de los derechos. En el caso de los diseños, indicará los puntos clave en los que debe modificarse la forma para que no se considere similar. De este modo, es posible suministrar el producto a las grandes superficies tras eliminar los riesgos de propiedad intelectual, sin alterar en gran medida el concepto básico del producto.

7. Ejemplos de errores habituales

En la práctica, existen numerosos casos en los que se han producido graves consecuencias por haber descuidado la investigación de la propiedad intelectual o por haber procedido a la entrega tras una investigación insuficiente. A continuación, presentamos dos patrones típicos de fracaso.

7-1. Caso de error 1: el caso de quien se confió «solo con una búsqueda en Internet»

Ejemplo de error 1: Las trampas de una búsqueda simplificada

La empresa A, fabricante de artículos de uso diario, antes de suministrar unos utensilios de cocina de nuevo desarrollo a una gran cadena de bricolaje, su responsable de desarrollo buscó en Internet productos similares y, al no encontrar «ningún producto parecido», consideró que «no habría ningún problema» y comenzó el suministro. Sin embargo, seis meses después del suministro, un fabricante de la competencia señaló una infracción de los derechos de modelo de utilidad.El producto de la empresa A se encontraba dentro del ámbito técnico de la patente de invención de la competencia. La causa fue que, en la búsqueda en Internet, solo se había comprobado el aspecto exterior del producto, sin investigar el contenido de los derechos de la patente (reivindicaciones). Como resultado, se exigió la retirada del producto de todas las tiendas y una indemnización por daños y perjuicios, lo que supuso para la empresa A una pérdida de varios millones de yenes.

7-2. Caso de fracaso n.º 2: la tragedia del cambio de nombre de marca por descuidar la investigación de marcas

Caso de fracaso 2: Reimpresión de envases y pérdida de confianza

La empresa de alimentación B recibió un encargo para fabricar productos de marca propia (PB) de una gran superficie y, tras consultar con esta, decidió un nuevo nombre de marca. Sin embargo, imprimió una gran cantidad de envases y comenzó a suministrarlos sin haber realizado una investigación de marcas. Posteriormente, se descubrió que el nombre era similar a una marca de otra empresa que ya estaba registrada en el mismo sector alimentario.La gran superficie exigió inmediatamente el cambio de nombre de la marca, por lo que se tuvieron que desechar todas las decenas de miles de envases ya impresos. La empresa B tuvo que asumir, además de los costes de rediseño y reimpresión con el nuevo nombre de marca, los gastos derivados de la sustitución de los productos en las tiendas. El mayor perjuicio no fue solo económico, sino la gran pérdida de confianza por parte de la gran superficie. Desde entonces, cada vez que la empresa B propone un nuevo producto, se le trata con cautela por temor a que «vuelva a ocurrir el mismo problema», por lo que sigue perdiendo oportunidades de ampliar sus negocios.

Lo que estos casos tienen en común es que «no se llevó a cabo una investigación exhaustiva de la propiedad intelectual por parte de expertos». Si se hubiera consultado previamente a un agente de la propiedad industrial, se habría podido evitar cualquiera de estos problemas.

8. Resumen: consolidar las relaciones comerciales con las grandes superficies mediante investigaciones de propiedad intelectual y dictámenes periciales

El suministro de productos a grandes superficies y canales mayoristas supone una gran oportunidad para el crecimiento empresarial. Sin embargo, para garantizar el éxito de esa oportunidad, es imprescindible eliminar de antemano los riesgos relacionados con la propiedad intelectual.

A continuación, resumimos los puntos clave tratados en este artículo.

  • Desde el punto de vista de la gestión del cumplimiento normativo, las grandes superficies exigen estrictamente a sus proveedores que realicen investigaciones de propiedad intelectual y demuestren la ausencia de infracción
  • En caso de que surja un conflicto relacionado con la propiedad intelectual, se enfrentará a tres sanciones graves: la retirada de los productos de todas las tiendas, el pago de una indemnización por daños y perjuicios de cuantía elevada y la suspensión de la relación comercial
  • Es imprescindible realizar una investigación exhaustiva de la disponibilidad de patentes, derechos de diseño y derechos de marca antes de la entrega.
  • El informe pericial de un agente de la propiedad industrial resulta extremadamente eficaz para proporcionar tranquilidad al comprador y como medio de defensa jurídica en caso de que surja algún imprevisto.
  • Al recurrir a un experto, se obtienen las ventajas de evitar omisiones en la investigación y recibir propuestas de diseño que eviten infracciones.

La investigación de la propiedad intelectual y la obtención de un informe pericial son «gastos necesarios» en las transacciones con grandes superficies y «la inversión con mayor rentabilidad». Con unos costes de investigación de varias decenas de miles de yenes, se puede evitar un riesgo de daños de entre varios millones y varios cientos de millones de yenes.

¿Por qué no eliminar de forma segura los riesgos de propiedad intelectual antes de realizar la entrega a las grandes superficies?

En el despacho de propiedad intelectual EVORIX ofrecemos un servicio integral de asistencia en materia de propiedad intelectual para las transacciones con grandes superficies, desde la investigación de disponibilidad de patentes, diseños y marcas hasta la elaboración de informes periciales por parte de abogados especializados en propiedad industrial. No dude en ponerse en contacto con nosotros para una primera consulta.

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杉浦健文 弁理士

AUTOR / Redactor

Takefumi Sugiura (SUGIURA Takefumi)

Representante y abogado especializado en propiedad intelectual del bufete EVORIX

Prestamos apoyo a clientes de una amplia gama de sectores, como el de las tecnologías de la información, la fabricación, las empresas emergentes, la moda y la medicina, desde la solicitud de patentes, marcas, diseños y derechos de autor hasta los procedimientos de recurso y los litigios por infracción. También somos expertos en estrategias de propiedad intelectual en campos de vanguardia como la IA, el IoT, el Web3 y las FinTech. Pertenecemos a varias organizaciones, entre ellas el Colegio de Abogados de la Propiedad Industrial de Japón, la Asociación Asiática de Abogados de la Propiedad Industrial (APAA) y la Asociación Japonesa de Marcas (JTA).