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FAQ | Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Un agente de patentes responde a las 116 preguntas que con más frecuencia nos plantean nuestros clientes sobre patentes, marcas, diseños industriales, solicitudes en el extranjero, costes y mucho más.
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Mostrando las 116 preguntas

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💬 Consultas y encargos

Preguntas sobre la primera consulta, el alcance de nuestros servicios y el proceso de encargo(12 preguntas)

Q1.¿La primera consulta es gratuita?

A.Sí, la primera consulta es gratuita. Puede realizarse de forma presencial, en línea (Zoom, Google Meet, etc.) o por teléfono. No dude en ponerse en contacto con nosotros a través del formulario de contacto o por teléfono (06-7777-1884). Para conocer el proceso hasta la formalización del encargo, consulte El proceso de consulta.

Q2.¿Es posible realizar la consulta en línea?

A.Sí. Trabajamos con las principales herramientas de reunión en línea, como Zoom, Google Meet o Microsoft Teams. Atendemos a clientes de cualquier lugar de Japón y del extranjero. Si nos indica la fecha y la hora que prefiere a través del formulario de contacto, un agente de patentes se pondrá en contacto con usted.

Q3.¿Qué debo preparar para la consulta?

A.Basta con los documentos que tenga a mano en este momento: una nota con el resumen de la invención, posibles nombres de producto o servicio, bocetos de logotipo, folletos, etc. No se preocupe si la documentación no está completa: la organizaremos juntos durante la entrevista. Para las consultas sobre patentes, también puede utilizar nuestra plantilla de ficha descriptiva de la invención (descarga gratuita).

Q4.¿Puedo consultar aunque esté en fase de idea o de desarrollo?

A.Sí, le invitamos a consultarnos desde la fase de idea. De hecho, cuanto antes lo haga durante el desarrollo, más opciones tendremos a nuestro alcance, como planificar el momento de la solicitud o señalar los aspectos que debe cuidar antes de hacer pública la invención. Para más información, consulte Los 5 mejores momentos para consultar.

Q5.¿Pueden firmar un acuerdo de confidencialidad (NDA)?

A.Por supuesto. En virtud de la Ley de Agentes de Patentes de Japón, el agente de patentes está sujeto a un deber legal de confidencialidad respecto de los secretos que conozca en el ejercicio de sus funciones, de modo que puede consultarnos con total tranquilidad aunque no exista un NDA; no obstante, si lo desea, firmaremos un NDA específico. También podemos gestionar acuerdos de confidencialidad en inglés, alemán, chino y otros idiomas.

Q6.¿Hasta qué zonas prestan servicio?

A.Con sede en Osaka, atendemos a clientes de todo Japón y del extranjero. También podemos desplazarnos a las principales ciudades, como Tokio, Nagoya o Fukuoka. Gracias a las consultas en línea, ofrecemos el mismo nivel de servicio con independencia de su ubicación. Los asuntos internacionales los gestionamos en numerosos países a través de nuestra red de agentes locales.

Q7.¿Cuál es el horario de atención y en qué franjas puedo consultar?

A.Nuestro horario habitual es de lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 (JST). Para asuntos urgentes o clientes que se encuentran lejos, atendemos con flexibilidad fuera de horario y los fines de semana con cita previa. También gestionamos asuntos que abarcan distintas zonas horarias en coordinación con agentes en el extranjero.

Q8.¿Pueden atender asuntos urgentes?

A.Sí. Respondemos con rapidez a asuntos con plazos ajustados, como respuestas de última hora a una notificación de motivos de denegación (office action), la gestión de requerimientos formales o solicitudes de última hora antes de una feria o un lanzamiento. Además, le propondremos, cuando proceda, recurrir al examen acelerado y a la tramitación acelerada de los recursos.

Q9.¿Qué formas de pago existen?

A.Por regla general trabajamos con factura y pago por transferencia bancaria. Atendemos tanto a sociedades como a autónomos y a particulares. Estamos registrados como emisor de facturas cualificadas conforme al sistema japonés de facturación (sistema «invoice»).

Q10.¿Pueden encargarles el trabajo también los particulares y los autónomos?

A.Sí, no dude en consultarnos. Atendemos a un amplio abanico de clientes, sin importar su tamaño ni su sector: desde inventores particulares, creadores, autores y profesionales del mundo del espectáculo hasta pymes y empresas cotizadas. A los particulares y las pequeñas empresas les proponemos, además, aprovechar el régimen de reducción de tasas oficiales.

Q11.¿Pueden hacerse cargo de un asunto que ya presenté con otro despacho?

A.Sí. Tras tramitar el cambio de representante, podemos asumir el asunto —por ejemplo, para responder a una notificación de motivos de denegación— o encargarnos únicamente de la gestión de las anualidades de sus derechos. También atendemos consultas como segunda opinión.

Q12.¿Qué tipo de profesional es un agente de patentes? ¿En qué se diferencia de un abogado?

A.El agente de patentes es un profesional con titulación estatal especializado en propiedad intelectual (patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, marcas, etc.). Solo los agentes de patentes (y los abogados) están autorizados a representar a los clientes en los trámites de solicitud ante la Oficina Japonesa de Patentes (JPO). Su gran diferencia frente al abogado es que se especializa en la protección de la tecnología y las marcas. Para más información, consulte ¿Qué es un agente de patentes (benrishi)? Sus funciones y diferencias con el abogado.

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💰 Costes y honorarios

Preguntas sobre las tasas oficiales de la Oficina Japonesa de Patentes (JPO), los honorarios del agente de patentes y la reducción de tasas(10 preguntas)

Q1.¿Cómo se determinan los honorarios del agente de patentes?

A.Varían en función del tipo de asunto (patente, marca, diseño industrial, etc.), la dificultad del campo técnico, el número de reivindicaciones o de clases y el número de países designados. A título orientativo, en una solicitud de patente sencilla los honorarios del despacho parten de unos JPY 300,000 y, en los casos complejos, de JPY 600,000 (véase Servicio de solicitud de patentes). El presupuesto es gratuito, siempre le indicamos el importe antes de aceptar el encargo y, si surgen costes adicionales, se lo consultamos con antelación.

Q2.¿Cuánto cuestan las tasas oficiales (de la JPO) en una solicitud de patente?

A.A fecha de julio de 2026, la tasa de solicitud de patente es de JPY 14,000; la tasa de solicitud de examen, de JPY 138,000 + (número de reivindicaciones × JPY 4,000); y, en el momento del registro, las anualidades 1.ª a 3.ª (JPY 4,300 al año + número de reivindicaciones × JPY 300). Los honorarios de nuestro despacho se facturan aparte. El desglose de costes de un asunto de TI se explica en detalle en El coste de solicitud de una patente de software o de sistemas.

Q3.¿A cuánto ascienden las tasas oficiales del registro de una marca?

A.A fecha de julio de 2026, en el momento de la solicitud se abonan JPY 3,400 + (número de clases × JPY 8,600) y, en el momento del registro, número de clases × JPY 32,900 (para el pago único de los 10 años; el pago fraccionado cada 5 años es de número de clases × JPY 17,200). La renovación del registro cuesta número de clases × JPY 43,600. Como el coste varía según el número de clases, es importante saber elegir bien las clases.

Q4.¿A cuánto ascienden las tasas oficiales del registro de un diseño industrial?

A.A fecha de julio de 2026, la tasa de solicitud de registro de diseño industrial es de JPY 16,000 por diseño; la tasa de registro es de JPY 8,500 al año durante los años 1.º a 3.º y de JPY 16,900 al año a partir del 4.º año. El proceso y los costes desde la solicitud hasta el registro se explican en Los 5 pasos del registro de un diseño industrial.

Q5.¿Existe algún régimen de reducción de las tasas oficiales?

A.Sí. Las pymes, las startups y los autónomos, entre otros, pueden acogerse a un régimen que reduce a la mitad o a un tercio la tasa de solicitud de examen y las tasas de patente (años 1.º a 10.º) (las condiciones varían según el caso). En nuestro despacho nos aseguramos de proponerle la aplicación de estas reducciones al presentar la solicitud. Para más información, consulte El nuevo régimen de reducción de tasas y Resumen de los regímenes de reducción y apoyo (edición 2026).

Q6.¿Existen subvenciones que puedan usarse para las solicitudes en el extranjero?

A.Sí. La más representativa es la subvención para solicitudes en el extranjero de JETRO, el INPIT y otros organismos (dirigida a pymes, con una tasa de cofinanciación del 50 % y un límite que, según la categoría, alcanza varios millones de yenes). Le ayudamos en todo el proceso, desde comprobar los plazos de convocatoria y los requisitos hasta preparar la documentación de la solicitud. Para más información, consulte La subvención del INPIT para solicitudes en el extranjero.

Q7.¿Puedo pedir únicamente un presupuesto?

A.Sí, el presupuesto es gratuito. Tras conocer en la consulta el contenido de la invención y el alcance de protección que desea, le entregaremos un presupuesto con el desglose de las tasas oficiales y de nuestros honorarios. También atendemos con gusto solicitudes de presupuestos comparativos.

Q8.¿Es posible pagar los honorarios de forma fraccionada?

A.En asuntos de gran envergadura o en la presentación simultánea de varias solicitudes, atendemos consultas sobre el pago fraccionado. También es posible ajustar el momento en que se generan los costes —por ejemplo, «este ejercicio, hasta la solicitud; la solicitud de examen, el ejercicio próximo»—, así que no dude en consultarnos según su presupuesto.

Q9.¿Hay que pagar más costes una vez obtenido el derecho?

A.Sí. Las patentes, los modelos de utilidad y los diseños industriales requieren el pago de anualidades para el mantenimiento del derecho (tasas de patente o de registro), y las marcas, una tasa de renovación del registro cada 10 años (o cada 5 años en pago fraccionado). En nuestro despacho controlamos los plazos de pago mediante un sistema de gestión de vencimientos y le avisamos con antelación, de modo que no debe preocuparse por olvidar un pago. Consulte también La guía completa de la renovación de marcas en Japón.

Q10.Si mi presupuesto es limitado, ¿cómo conviene proceder?

A.Le propondremos un plan que maximice la protección dentro de su presupuesto: centrarse en la tecnología esencial y las marcas principales, priorizar las clases de las marcas, aprovechar los regímenes de reducción de tasas y las subvenciones, y escalonar los momentos de presentación. Le ayudamos incluso a decidir «qué proteger y qué no», así que utilice, para empezar, nuestra consulta gratuita.

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🔬 Patentes

Preguntas sobre los requisitos de solicitud, el examen, los plazos y el mantenimiento de los derechos(14 preguntas)

Q1.¿Qué se protege con una patente?

A.Su objeto son las ideas técnicas (invenciones) que aprovechan las leyes de la naturaleza. Puede protegerse tanto un «producto» —un dispositivo, un artículo, etc.— como un «procedimiento» —un método de fabricación o de control, etc.— e incluso el propio programa informático. Se diferencia del modelo de utilidad en que exige un mayor grado de sofisticación técnica. Para más información, consulte Servicio de solicitud de patentes.

Q2.¿Qué requisitos hay que cumplir para obtener una patente?

A.Los principales requisitos son: (1) la novedad (que no se haya divulgado antes de la solicitud); (2) la actividad inventiva (que un experto en la materia no pueda concebirla con facilidad); (3) la aplicabilidad industrial; y (4) la prioridad del primer solicitante (ser la solicitud más temprana entre las de una misma invención). Como la divulgación previa a la solicitud hace perder la novedad, es importante consultarnos antes de anunciar o comercializar el producto.

Q3.¿Cuánto se tarda en obtener una patente?

A.Desde la solicitud de examen hasta la primera notificación del resultado del examen transcurren, de media, unos 10 meses, y lo habitual es que, en total, desde la solicitud hasta el registro pasen entre 2 y 3 años. Con el examen acelerado puede reducirse a unos pocos meses. El proceso completo se explica en La guía completa del proceso de solicitud (con ilustraciones).

Q4.¿En qué consisten el examen acelerado y el examen superacelerado?

A.Son regímenes que permiten adelantar el turno de examen cuando se cumplen ciertos requisitos (pymes y startups, solicitudes relacionadas con una explotación efectiva, etc.). Con el examen acelerado se obtiene el primer resultado del examen en unos meses y, con el examen superacelerado, hay casos en que se ha obtenido en tan solo un mes. Consulte Casos de uso del examen superacelerado y Requisitos y riesgos explicados.

Q5.¿Puedo obtener una patente incluso después de anunciar o vender el producto?

A.Por regla general, la divulgación previa a la solicitud hace perder la novedad; no obstante, si presenta la solicitud dentro del año siguiente a su propia divulgación, en algunos casos puede acogerse a la «excepción a la pérdida de novedad». Ahora bien, como esta salvedad no ampara los supuestos en que un tercero divulga la invención por su cuenta ni se admite en algunos países, recomendamos presentar la solicitud antes de la divulgación siempre que sea posible. Para más información, consulte La excepción a la pérdida de novedad explicada.

Q6.¿Es necesario realizar una búsqueda del estado de la técnica antes de solicitar?

A.Lo recomendamos encarecidamente. Una búsqueda previa permite evitar gastos de solicitud inútiles y diseñar un ámbito de protección sólido teniendo en cuenta el estado de la técnica. En nuestro despacho realizamos desde búsquedas simples hasta búsquedas exhaustivas, según su presupuesto. Sobre cómo encargar una búsqueda, consulte La guía para encargar una búsqueda de patentes.

Q7.¿Qué debo hacer si recibo una notificación de motivos de denegación?

A.Una notificación de motivos de denegación (office action) es una señal de que «aún es posible el registro si se corrige o se rebate», por lo que no hay que darse por vencido. Dentro del plazo de respuesta fijado (por lo general, 60 días) se presentan un escrito de alegaciones y un escrito de modificación para rebatir las objeciones. Nuestro despacho se ocupa de todo el proceso, desde el análisis de los motivos de denegación hasta el diseño de la estrategia de respuesta y la redacción de los escritos, y también aceptamos asuntos presentados por otros despachos. Los supuestos más frecuentes se explican en Los 5 motivos de denegación típicos de las patentes de software.

Q8.¿Es posible celebrar una entrevista con el examinador?

A.Sí. La entrevista con el examinador es un recurso eficaz para explicarle directamente los aspectos de la invención que resultan difíciles de transmitir solo por escrito y para debatir la vía hacia el registro. También es posible celebrarla en línea. Para más información, consulte Las 5 ventajas de la entrevista con el examinador de patentes.

Q9.¿Se hace público el contenido de mi solicitud?

A.Sí: transcurridos un año y seis meses desde la solicitud se publica todo su contenido (régimen de publicación de la solicitud). Por ello es importante distinguir entre «la tecnología que se protege con patente» y «la tecnología que se mantiene en secreto como know-how». Los criterios para decidirlo se explican en Los criterios para elegir entre patente y secreto de know-how.

Q10.¿Qué es la solicitud de examen? ¿Tiene plazo?

A.La mera presentación de una solicitud de patente no inicia el examen: es necesario presentar la «solicitud de examen» dentro de los 3 años siguientes a la solicitud. Si no se pide dentro de plazo, la solicitud se considera retirada. La ventaja de este régimen es que permite decidir estratégicamente el momento de solicitar el examen en función de la situación del negocio; nosotros también nos encargamos del control de los plazos.

Q11.¿Hasta cuándo es válida una patente?

A.20 años desde la fecha de solicitud (para los medicamentos y otros productos existe un régimen de prórroga). Para mantener el derecho es necesario pagar cada año la tasa de patente (anualidad); si deja de pagarla, el derecho se extingue en ese momento. En nuestro despacho también nos ocupamos del control de plazos y del pago de las anualidades en su nombre.

Q12.¿Qué es una solicitud divisional? ¿Cuándo se utiliza?

A.Es el mecanismo que permite extraer parte de las invenciones de una solicitud para convertirla en una nueva solicitud. Constituye un pilar de la estrategia de propiedad intelectual: por ejemplo, permite obtener patentes adicionales con un ámbito de protección distinto tras la concesión, o proteger primero solo una parte cuando hay una denegación. Se explica en detalle en Ventajas, plazos y costes de la solicitud divisional y La estrategia de solicitudes divisionales que enseñan las empresas de videojuegos.

Q13.Si la invención la realiza un empleado, ¿a quién pertenecen los derechos?

A.En el caso de las invenciones de servicio (laborales), el derecho a obtener la patente puede atribuirse a la empresa estableciéndolo de antemano en el reglamento interno u otros instrumentos. Para ello es necesario conceder al empleado un «beneficio razonable». También le ayudamos a elaborar el reglamento de invenciones de servicio. Sobre la práctica del desarrollo interno, consulte Desarrollo interno e invenciones de servicio.

Q14.¿Qué precauciones hay que tomar en el desarrollo conjunto o la investigación conjunta con universidades?

A.Es importante fijar de antemano en el contrato la cuota de titularidad de la solicitud conjunta, el reparto de los gastos de solicitud, las condiciones de explotación y de licencia, y la titularidad de los resultados. En particular, en la investigación conjunta con universidades surgen cuestiones como la compensación por no explotación. Consulte Los 5 puntos de control para evitar conflictos en la investigación conjunta.

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🛠️ Modelos de utilidad

Preguntas sobre las diferencias con la patente, el registro sin examen y el informe de evaluación técnica(6 preguntas)

Q1.¿Cuál es la diferencia entre una patente y un modelo de utilidad?

A.La patente es un régimen que protege «invenciones técnicamente sofisticadas» tras un examen de fondo (con una duración de 20 años desde la solicitud), mientras que el modelo de utilidad protege de forma rápida y sin examen las «creaciones relativas a la forma, la estructura o la combinación de un artículo» (con una duración de 10 años). Para los productos de ciclo de vida corto conviene el modelo de utilidad y, para las tecnologías esenciales, la patente. Le propondremos la estrategia de presentación óptima según el asunto.

Q2.¿Qué significa que «se registra sin examen»?

A.El modelo de utilidad se registra sin someterse a un examen de fondo de la novedad, la actividad inventiva, etc.; solo se comprueban requisitos básicos, como la forma del documento. Por eso puede protegerse en unos pocos meses desde la solicitud y a un coste contenido. Sin embargo, como la validez del derecho se cuestiona después del registro, hay que actuar con cautela al ejercerlo (véase la siguiente pregunta).

Q3.¿Cuánto cuesta un modelo de utilidad?

A.A fecha de julio de 2026, además de la tasa de solicitud de JPY 14,000, en el momento de la solicitud se abonan también las tasas de registro de los años 1.º a 3.º (JPY 2,100 al año + número de reivindicaciones × JPY 100). Los honorarios de nuestro despacho se facturan aparte. Se caracteriza porque tanto las tasas oficiales como los honorarios son más bajos que en el caso de una patente.

Q4.¿Qué precauciones hay que tomar al ejercer un derecho de modelo de utilidad?

A.Como el modelo de utilidad se registra sin examen, antes de ejercer el derecho (mediante un requerimiento, etc.) es necesario presentar el «informe de evaluación técnica del modelo de utilidad» emitido por la Oficina Japonesa de Patentes (JPO) (tasa de solicitud de JPY 42,000 + número de reivindicaciones × JPY 1,000). Si se ejerce el derecho con una evaluación desfavorable, existe incluso el riesgo de incurrir en responsabilidad por daños y perjuicios, por lo que resulta imprescindible estudiar la estrategia antes de ejercerlo.

Q5.¿Qué tipo de productos son adecuados para un modelo de utilidad?

A.Es adecuado para productos cuyo elemento clave es una mejora estructural —artículos de uso diario, herramientas, utillajes, etc.—, con ciclos de moda cortos y que se desean proteger de forma rápida y económica. En cambio, las invenciones de procedimiento y el software no pueden protegerse mediante un modelo de utilidad, por lo que habrá que optar por la patente. Si tiene dudas, le ayudaremos a decidir en una consulta gratuita.

Q6.¿Puedo convertir después una solicitud de modelo de utilidad en una solicitud de patente?

A.Dentro de ciertos requisitos y plazos, es posible convertir una solicitud de modelo de utilidad en una solicitud de patente (y viceversa). Puede emplearse en estrategias como «proteger primero con rapidez mediante un modelo de utilidad y, según crezca el negocio, pasar a la patente»; no obstante, existen limitaciones —los plazos o si se ha solicitado o no el informe de evaluación técnica—, por lo que le recomendamos consultarnos cuanto antes.

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🏷️ Marcas

Preguntas sobre los nombres, los logotipos, las clases y la renovación(14 preguntas)

Q1.¿Es realmente necesario registrar la marca? ¿No basta con usarla?

A.Japón se rige por el «principio de prioridad del primer solicitante», según el cual el derecho lo obtiene quien presenta antes la solicitud; por eso, si se limita a seguir usándola, corre el riesgo de que un tercero registre la marca y de que un día, de repente, ya no pueda utilizar ese nombre. Le recomendamos registrar cuanto antes el nombre de marca, la denominación social y el logotipo como activos del negocio. Sobre problemas reales, consulte Casos de errores en conflictos de propiedad intelectual (marcas).

Q2.¿Cuánto se tarda en registrar una marca?

A.Por lo general, desde la solicitud hasta el registro transcurren entre 6 y 8 meses. Con el régimen de examen acelerado puede reducirse, en algunos casos, a unos 2 o 3 meses. Si tiene motivos de urgencia (perjuicios por imitación, Registro de Marcas de Amazon, etc.), le ayudaremos incluso a cumplir los requisitos del examen acelerado. Para más información, consulte La guía completa del examen acelerado.

Q3.¿Qué son las «clases» de una marca?

A.Son las 45 categorías en que se dividen los productos y servicios; al solicitar una marca se indica «para qué productos o servicios de qué clase se va a usar». El coste varía según el número de clases y, si se eligen mal, no se obtiene la protección necesaria. Consulte La guía de la lista de clases y cómo elegirlas y La reforma de las clases de enero de 2026 explicada.

Q4.¿Qué significa que «carece de carácter distintivo»?

A.Las palabras que designan directamente la denominación genérica o la calidad de un producto (por ejemplo, «Apple/manzana» para las manzanas) no pueden registrarse, porque carecen de la capacidad de distinguir de quién es el producto (carácter distintivo). Tener en cuenta el carácter distintivo desde la fase de elección del nombre es el camino más corto hacia el registro. Para más información, consulte El carácter distintivo explicado en detalle.

Q5.¿Qué tipo de marcas no pueden registrarse?

A.Además de las que carecen de carácter distintivo, no pueden registrarse las idénticas o similares a una marca anterior de un tercero, las contrarias al orden público o las buenas costumbres, o las que incluyen el nombre de otra persona (flexibilizado en parte por la reforma de 2024), entre otras. Sobre los supuestos prohibidos más frecuentes, consulte Los supuestos que impiden el registro explicados y Los motivos de denegación del registro explicados.

Q6.Si ya la usaba antes, ¿me protege el «derecho de uso anterior»?

A.Para que se reconozca el derecho de uso anterior es necesario que, en el momento de la solicitud del tercero, su marca «sea ampliamente conocida entre los consumidores (notoriedad)», un listón que en la práctica es bastante alto. Como confiar en el derecho de uso anterior entraña un riesgo considerable, por regla general recomendamos defenderse mediante el registro de la marca.

Q7.¿Qué ocurre si me deniegan la marca por ser «similar a la de un tercero»?

A.Existen distintas vías de solución: rebatir la similitud (mediante un escrito de alegaciones), modificar la solicitud suprimiendo productos o servicios designados, así como el «régimen de consentimiento» (introducido en 2024), por el que se obtiene el consentimiento del titular de la marca anterior, o la cesión con retrocesión (assign-back). Consúltenos antes de darse por vencido. Para más información, consulte El régimen de consentimiento en marcas: versión completa.

Q8.¿A nombre de quién conviene registrar la marca, de una persona física o de una sociedad?

A.Cada opción tiene sus ventajas y sus inconvenientes. El registro a nombre de la sociedad facilita las cesiones de negocio y las operaciones de M&A, mientras que el registro a nombre de una persona física permite que el propio directivo controle la marca. Encontrará una comparación que incluye los aspectos fiscales, sucesorios y de licencia en ¿A nombre de una persona física o de una sociedad?.

Q9.¿Qué conviene solicitar, el logotipo o la denominación (el nombre)?

A.La marca denominativa (en caracteres estándar) permite abarcar ampliamente la pronunciación y el concepto, mientras que la marca figurativa (logotipo) resiste mejor la imitación visual. Si el presupuesto lo permite, recomendamos ambas; si hay que elegir, le propondremos la opción que mejor se ajuste a su uso real. La «escritura en dos líneas» que combina el inglés y el katakana también tiene sus trampas (véase Las 3 trampas de la escritura en dos líneas).

Q10.¿Hasta cuándo es válido un derecho de marca? ¿Se puede renovar?

A.Dura 10 años desde el registro y, mediante la renovación del registro, puede mantenerse de forma casi indefinida cada 10 años (también es posible el pago fraccionado cada 5 años). También nos encargamos del control de los plazos de renovación. Para los detalles del trámite, consulte La guía completa de la renovación de marcas en Japón.

Q11.¿Qué ocurre si no uso la marca que he registrado?

A.Una marca que lleva 3 años o más sin usarse de forma continuada corre el riesgo de ser cancelada mediante un «procedimiento de cancelación por falta de uso» instado por un tercero. Sobre cómo conservar pruebas de uso y las medidas de defensa, consulte Fundamentos y defensa frente al procedimiento de cancelación por falta de uso. A la inversa, también es posible un uso ofensivo: cancelar la marca no usada de otra empresa para lograr el propio registro.

Q12.¿Pueden comprobar de antemano si un nombre propuesto podría registrarse?

A.Sí, realizamos búsquedas de marcas previas a la solicitud. Comprobamos si existen marcas similares y las perspectivas de carácter distintivo, y le proponemos la probabilidad de registro y alternativas. La consulta resulta más eficaz cuando aún baraja varios candidatos. Sobre la importancia de la búsqueda, consulte La búsqueda de nombres explicada.

Q13.¿Pueden registrarse como marca un nombre artístico, un seudónimo o el nombre de una persona?

A.Sí. En negocios en los que «el nombre es la marca» —youtubers, vtubers, artistas, videntes, etc.—, registrar el nombre artístico como marca es clave para protegerse frente a los plagios y las suplantaciones. La reforma de 2024 flexibilizó en parte la regulación de las marcas que incluyen el nombre de otra persona. Consulte ¿Debe registrar su nombre artístico como marca? y La reforma sobre el registro de nombres de persona como marca.

Q14.¿Pueden ser marcas también los sonidos, los colores o los movimientos?

A.Sí. Desde 2015 pueden registrarse las marcas sonoras, las marcas consistentes únicamente en colores, las marcas de movimiento, las marcas holográficas y las marcas de posición. Pueden emplearse para proteger el valor de marca de un logotipo sonoro o de un color corporativo. Para más información, consulte Los nuevos tipos de marca explicados.

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🎨 Diseños industriales

Preguntas sobre la protección del diseño, los diseños de imágenes y los interiores(8 preguntas)

Q1.¿Qué se puede proteger con el registro de un diseño industrial?

A.Protege el «diseño» de un producto: su forma, sus dibujos y sus colores. Con la reforma legal de 2020, el objeto de protección dejó de limitarse a los artículos y pasó a incluir también el aspecto exterior y el interior de los edificios, así como las imágenes (interfaces e iconos de aplicaciones). Repartiendo los papeles —la tecnología con la patente, el nombre de marca con la marca y el aspecto con el diseño industrial— puede proteger su producto desde múltiples ángulos. Consulte también Servicio de registro de diseños industriales.

Q2.¿Cuál es el proceso y el plazo del registro de un diseño industrial?

A.El proceso es: búsqueda → solicitud → examen → registro, y desde la solicitud hasta el registro transcurren aproximadamente entre 6 meses y 1 año (se puede acortar con el examen acelerado). Como la forma de elaborar los dibujos determina el ámbito de protección, es un campo en el que la experiencia práctica resulta decisiva. Se explica en detalle en Los 5 pasos del registro de un diseño industrial (con ilustraciones).

Q3.¿Hasta cuándo es válido un derecho de diseño industrial?

A.25 años desde la fecha de solicitud (para las solicitudes presentadas a partir del 1 de abril de 2020). No existe un régimen de renovación como en las marcas, pero su duración es mayor que la de la patente (20 años) y permite impedir la imitación del diseño durante mucho tiempo. También es eficaz la estrategia de seguir protegiendo con el diseño industrial y la marca un producto una vez expirada la patente.

Q4.¿Puedo registrar un diseño que ya he anunciado o vendido?

A.Si presenta la solicitud dentro del año siguiente a su propia divulgación, en algunos casos puede acogerse a la «excepción a la pérdida de novedad». No obstante, el trámite exige un documento que acredite el hecho de la divulgación y, si se omite su aplicación, la solicitud se deniega. Para más información, consulte La excepción a la pérdida de novedad en los diseños industriales.

Q5.¿Se puede proteger el diseño de la interfaz y los iconos de una aplicación?

A.Sí. Como «diseño de imagen», pueden protegerse las imágenes de manejo y las imágenes de visualización con independencia del artículo. Resulta eficaz frente a la imitación del diseño de pantalla por aplicaciones de la competencia. Consulte Casos de registro de diseños de pantalla de interfaz y El caso de protección de la interfaz y la experiencia de usuario de las aplicaciones de Google.

Q6.¿Se pueden registrar como diseño industrial el interior de un local o el aspecto exterior de un edificio?

A.Sí. La reforma de 2020 introdujo los diseños de edificios e interiores, lo que permite proteger el diseño de un local que encarna el universo de una marca. También resulta eficaz frente a la imitación de los espacios «instagrameables» de restaurantes y comercios. Consulte Casos de protección de diseños de interiores.

Q7.¿Qué son el diseño parcial y el diseño relacionado?

A.El diseño parcial es un régimen que protege únicamente una parte característica del producto: si imitan esa parte, puede ejercer su derecho aunque el conjunto sea distinto. El diseño relacionado es un régimen que permite abarcar ampliamente las variantes de un mismo diseño propio. Combinándolos puede tejer una sólida red de derechos que evite las «escapatorias» de los imitadores.

Q8.¿Qué es el diseño secreto?

A.Es un régimen que permite mantener en secreto el contenido del diseño durante un máximo de 3 años desde el registro. Hace posible una estrategia consistente en registrar el diseño de un producto antes de su lanzamiento sin desvelar sus cartas a la competencia. Le propondremos aprovecharlo en función de su plan de lanzamiento del producto.

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⚖️ Conflictos, requerimientos y contratos

Preguntas sobre los procedimientos de nulidad y recurso, los litigios, los requerimientos formales y las licencias(8 preguntas)

Q1.¿Pueden hacerse cargo de las oposiciones o los procedimientos de nulidad presentados por otras empresas?

A.Sí. Nos ocupamos de todo el proceso: la oposición a marcas de otras empresas, la presentación y la defensa en procedimientos de nulidad, el recurso contra la resolución de denegación y el recurso contencioso de anulación de la resolución (ante el Tribunal Superior de Propiedad Intelectual). Nuestro despacho ha ganado la totalidad de los 6 procedimientos de nulidad de registro de marca en que ha intervenido. Podemos asistirle tanto en la posición atacante como en la defensora.

Q2.¿Pueden asistirme si el asunto llega a un litigio por infracción?

A.Sí. En los litigios por infracción de patente, marca o diseño industrial o por vulneración de la Ley japonesa de Prevención de la Competencia Desleal, ofrecemos la elaboración de dictámenes periciales y de material técnico explicativo, así como apoyo procesal en coordinación con abogados. También contamos con amplia experiencia en la gestión de requerimientos formales, la negociación y la transacción previas al litigio. Como la actuación inicial antes de llegar al litigio es lo más importante, consúltenos cuanto antes.

Q3.He recibido un requerimiento formal (burofax). ¿Qué debo hacer?

A.Ignorarlo está totalmente desaconsejado, pero también es peligroso ceder a las exigencias con precipitación o responder por cuenta propia. Primero, un experto analiza la validez del derecho de la otra parte y si su producto entra realmente en el ámbito de protección; a partir de ahí decidimos la estrategia: rebatir, modificar el diseño, negociar una licencia, etc. Como hay un plazo de respuesta, consúltenos en cuanto lo reciba.

Q4.He encontrado un producto que infringe mis derechos. ¿Cómo debo actuar?

A.Primero conserve las pruebas de la infracción (el producto físico, la página de venta, las fechas); después, tras analizar la validez del derecho y si existe o no infracción, elegimos el medio más adecuado entre distintas opciones: enviar un requerimiento formal, negociar una licencia, presentar una denuncia ante el marketplace, la retención en aduanas o el litigio. Le será útil también Cómo detectar productos infractores en los marketplaces.

Q5.¿Pueden ayudarme con los contratos de licencia?

A.Sí. Nos encargamos de la redacción de contratos de licencia de patentes, marcas, diseños industriales y derechos de autor, del diseño de las regalías, de la elección entre licencia exclusiva y licencia no exclusiva, de las cláusulas de sublicencia y de la ley aplicable y la jurisdicción de las licencias internacionales. También redactamos borradores de contratos en inglés y en chino, y damos apoyo a las operaciones transfronterizas.

Q6.¿En qué se diferencian el dictamen pericial, el informe de opinión y el informe de búsqueda?

A.En pocas palabras, el informe de búsqueda es «una ordenación de los hechos», el informe de opinión es «la opinión del agente de patentes» y el dictamen pericial es «un documento formal que expresa una valoración jurídica»: difieren en su finalidad y en su peso. El documento que se exige varía según se trate de una entrega a grandes superficies o de la gestión de un conflicto. Consulte Las 3 diferencias explicadas y Por qué se necesita un dictamen pericial en el momento de la entrega.

Q7.¿Qué hace un agente de patentes asesor permanente?

A.Le presta de forma continua servicios como el asesoramiento cotidiano en propiedad intelectual, la gestión centralizada de las solicitudes y los plazos, la comprobación de riesgos de los nuevos productos o la formación interna en propiedad intelectual, logrando a bajo coste el efecto de «tener un departamento de propiedad intelectual en la empresa». Su ventaja es que podemos atenderle de forma prioritaria y ágil, más que con los encargos puntuales. Para más información, consulte Servicio de agente de patentes asesor permanente.

Q8.¿Qué es la «estrategia de protección combinada (IP mix)»?

A.Es la estrategia de proteger un mismo producto o servicio en varias capas mediante la patente, el modelo de utilidad, el diseño industrial, la marca, el derecho de autor y la Ley japonesa de Prevención de la Competencia Desleal. Por ejemplo, en un reloj inteligente se protege la tecnología con la patente, el aspecto con el diseño industrial y el nombre de marca con la marca, de modo que puede mantener su ventaja competitiva con el diseño industrial y la marca incluso una vez expirada la patente. Consulte Un caso de estrategia de protección combinada en interfaz y experiencia de usuario.

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🌍 Solicitudes en el extranjero y expansión internacional

Preguntas sobre el PCT, el Protocolo de Madrid, el Arreglo de La Haya y los sistemas nacionales(10 preguntas)

Q1.¿Son válidas en el extranjero las patentes o las marcas obtenidas en Japón?

A.No. Los derechos de propiedad intelectual son independientes en cada país (principio de territorialidad), de modo que un derecho japonés solo surte efecto dentro de Japón. Si va a exportar, expandirse al extranjero o hacer comercio electrónico transfronterizo, es necesario obtener los derechos en cada uno de los países de destino. Consulte La guía de estrategia de propiedad intelectual para el negocio de importación y exportación.

Q2.¿Qué es la solicitud internacional PCT?

A.Es un régimen de patentes que, con una única solicitud internacional, produce el mismo efecto que presentar simultáneamente solicitudes en numerosos Estados contratantes. Su mayor ventaja es que permite aplazar hasta los 30 meses desde la fecha de prioridad la decisión de entrar en cada país, tiempo durante el cual puede valorar la viabilidad comercial. El informe de búsqueda internacional ofrece además una perspectiva sobre la patentabilidad. Para más información, consulte Servicio de solicitud internacional PCT.

Q3.¿Cómo elegir entre la vía de París (solicitud directa) y el PCT?

A.Como orientación: si ya tiene decididos unos 2 o 3 países, la vía de París (solicitud en cada país dentro de los 12 meses desde la fecha de prioridad); si son muchos países o necesita tiempo para evaluar el mercado, el PCT. Como su estructura de costes y sus plazos son distintos, la elección se hace en función de su plan de negocio. Consulte Las diferencias entre la vía de París y el PCT explicadas.

Q4.¿Qué es el Protocolo de Madrid (solicitud internacional de marca)?

A.Es un régimen que, sobre la base de una solicitud o un registro de marca japonés, permite solicitar la protección de la marca en varios países con una única solicitud internacional. Reduce los costes frente a nombrar un agente local en cada país y facilita la gestión centralizada de los derechos. Sobre los costes, las ventajas y los aspectos a tener en cuenta, consulte El Protocolo de Madrid explicado en detalle.

Q5.¿Qué es el Arreglo de La Haya (solicitud internacional de diseño industrial)?

A.Es un régimen que, con una única solicitud internacional, permite solicitar el registro del diseño en varios Estados contratantes. Al expandir un diseño a escala global, hace más eficientes los trámites y los costes que las solicitudes individuales país por país. Como la práctica de examen varía según el país, es importante una estrategia de dibujos adaptada a los países de destino. Para los diseños industriales en el extranjero, consúltenos a través de Servicio de registro de diseños industriales.

Q6.¿Hay alguna forma de reducir los costes de las solicitudes en el extranjero?

A.Sí. Los principales medios son: (1) aprovechar la subvención para solicitudes en el extranjero de JETRO, el INPIT y otros organismos (con una tasa de cofinanciación del 50 %); (2) elegir adecuadamente entre el PCT y la vía de París; (3) priorizar los países de solicitud; y (4) optimizar los costes de traducción. Consulte La subvención para solicitudes en el extranjero explicada y Consejos para reducir los costes de la entrada en fase nacional.

Q7.¿Para qué países ofrecen servicio de solicitud?

A.Ofrecemos servicio en numerosos países de todo el mundo: Estados Unidos, Europa, China, Corea del Sur, Taiwán, el Sudeste Asiático, la India, Oriente Medio, Sudamérica, Oceanía, etc. A través de nuestra red de agentes con despachos de patentes locales en cada país, ofrecemos un apoyo integral desde la solicitud hasta la concesión y el mantenimiento del derecho. En el blog publicamos explicaciones de los sistemas de unos 50 países, como Estados Unidos, Europa o Corea del Sur.

Q8.En China han registrado mi marca como propia sin autorización. ¿Hay alguna medida?

A.En China son frecuentes las solicitudes presentadas de forma abusiva por terceros (solicitudes de mala fe), por lo que estudiamos vías de recuperación como la oposición, la declaración de nulidad o la cancelación por falta de uso. No obstante, como llevan tiempo y dinero, la mejor defensa es solicitar la marca cuanto antes, antes de entrar en el mercado. Consulte La guía del sistema de marcas de China y La guía del registro del nombre de empresa como marca en China.

Q9.¿Se puede detener en la aduana la importación de productos falsificados?

A.Sí. Si presenta ante la aduana una solicitud de suspensión de la importación basada en un derecho de patente, de marca o de diseño industrial, los productos falsificados pueden retenerse en la frontera. Las retenciones de las aduanas japonesas superan los 30.000 casos al año y constituyen una medida eficaz en la era del comercio electrónico. Para más información, consulte Las últimas tendencias y el uso de la retención en aduanas.

Q10.¿Qué conviene hacer antes de exponer en una feria en el extranjero?

A.Son importantes estos 3 puntos: (1) solicitar de antemano la protección de la tecnología y el diseño que va a exponer (porque la divulgación hace perder la novedad); (2) comprobar la libertad frente a derechos de terceros (clearance) en el país de la feria; y (3) prepararse frente a la imitación (un sistema de recopilación de pruebas sobre el terreno). Como las ferias suelen ser el punto de partida de fugas tecnológicas e imitaciones, recomendamos consultarnos antes de exponer. Consulte La estrategia de propiedad intelectual en las ferias internacionales.

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🛒 Amazon, comercio electrónico y lucha contra las falsificaciones

Preguntas sobre la eliminación de vendedores no autorizados, el Registro de Marcas de Amazon y las medidas en frontera(8 preguntas)

Q1.Quiero eliminar los vendedores no autorizados que se suman a mi ficha en Amazon. ¿Es posible?

A.Sí. El proceso básico es: registro de la marca → Registro de Marcas de Amazon → denuncia de la infracción. Si dispone de un derecho de marca, puede tramitar la denuncia y la eliminación de los vendedores no autorizados que se suman a su ficha o del uso no consentido del logotipo con un fundamento jurídico. Nuestro despacho ofrece como servicio especializado el apoyo frente a las infracciones de derechos de propiedad intelectual en Amazon.

Q2.¿Qué se necesita para el Registro de Marcas de Amazon?

A.Por regla general se necesita una marca registrada (una marca denominativa o una marca figurativa que incluya elementos denominativos). En algunos casos puede inscribirse con una marca en tramitación, pero, en cuanto a la seguridad, es preferible tenerla ya registrada. Sobre los requisitos y el procedimiento del Registro de Marcas de Amazon y las «trampas» de las marcas, consulte El artículo explicativo sobre el Registro de Marcas de Amazon y las marcas.

Q3.¿Y si encuentro imitaciones o productos infractores de mis artículos en un sitio de comercio electrónico?

A.Tras conservar las pruebas con capturas de pantalla de la página del producto, la información del vendedor y las fechas, se solicita la retirada (takedown) a través del formulario de denuncia de infracciones de propiedad intelectual de cada marketplace. Como la facilidad con que prospera la denuncia varía según el tipo de derecho (marca, diseño industrial, derecho de autor), es importante contar de antemano con una cartera de derechos. Consulte Cómo detectar productos infractores en los marketplaces.

Q4.A la inversa, ¿y si me denuncian a mí por «infracción» y me suspenden la publicación?

A.Primero comprobamos el contenido del derecho de la otra parte (número de registro, ámbito de protección) y analizamos si realmente hay infracción. Buscamos restablecer la cuenta con la respuesta que corresponda según la situación: alegar la no infracción, negociar una licencia, cambiar el diseño o el nombre, etc. Como ignorarlo puede afectar a toda la cuenta, consúltenos con urgencia.

Q5.¿Pueden actuar también frente a las imitaciones de vendedores extranjeros?

A.Sí. Además de la denuncia en los marketplaces nacionales, como en el comercio electrónico transfronterizo y en los marketplaces extranjeros es requisito previo haber obtenido los derechos sobre el terreno, le proponemos una estrategia en varias capas que combina asegurar la marca y el diseño industrial en los mercados principales con la solicitud de suspensión de la importación en aduanas.

Q6.¿Qué precauciones hay que tomar al vender productos OEM con marca propia?

A.Son importantes estos 3 puntos: (1) una búsqueda de libertad de uso (clearance) para verificar que no se infringen patentes, diseños industriales o marcas de terceros; (2) el registro del nombre de marca propio como marca; y (3) las cláusulas de garantía en materia de propiedad intelectual en el contrato OEM. Al entregar a grandes superficies, a veces se exigen informes de búsqueda o dictámenes periciales. Consulte La búsqueda de propiedad intelectual y el dictamen pericial en el momento de la entrega.

Q7.¿Necesitan registrar la marca también los creadores de productos artesanales o el pequeño comercio electrónico?

A.Con independencia del tamaño del negocio, si va a vender de forma continuada bajo un nombre de marca, le recomendamos registrarla. Si un tercero se le adelanta, corre el riesgo de verse obligado a cambiar el nombre de la tienda o de que le suspendan la cuenta. Sobre la protección del nombre comercial y de la marca personal, consulte La marca personal y el registro de marca.

Q8.¿Pueden revisar en conjunto los riesgos de propiedad intelectual antes de empezar a vender?

A.Sí. Realizamos estudios de libertad de operación (FTO / clearance) para comprobar que no se infringen derechos de terceros. Como los daños son grandes si el problema se descubre tras fabricar o aprovisionarse, lo eficaz es llevarlo a cabo antes de la planificación y la venta. Consulte La guía completa del estudio de libertad de operación (FTO) y La importancia del estudio de infracción explicada.

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🤖 Patentes de IA, software y modelos de negocio

Preguntas sobre la protección de invenciones de TI e IA, SaaS y aplicaciones(10 preguntas)

Q1.¿Se pueden obtener patentes también para software o servicios de TI?

A.Sí. Las invenciones relacionadas con el software pasan a ser objeto de patente cuando se configuran como un procesamiento de información concreto que utiliza recursos de hardware. Los enfoques para su protección son variados: algoritmos, procesamiento de datos, control de la interfaz, integración de API, etc. Para saber qué partes de su servicio podrían ser patentables, consulte Los puntos clave para solicitar una patente de SaaS (mapa de funciones).

Q2.¿Es cierto que se pueden obtener patentes de modelos de negocio?

A.Sí. Ahora bien, la actividad inventiva no debe residir en «el mecanismo de negocio en sí», sino en los medios de realización que emplean las TIC. Las solicitudes de invenciones relacionadas con los negocios superan las 20.000 al año y su aprovechamiento sigue creciendo. Sobre la frontera entre lo que puede y lo que no puede patentarse, consulte La frontera de las patentes de modelos de negocio explicada y Cómo obtenerlas, explicado.

Q3.¿Pueden patentarse las invenciones relacionadas con la IA?

A.Sí. Puede protegerse un amplio abanico de elementos: algoritmos de IA, la configuración de modelos de aprendizaje, el preprocesamiento de los datos de entrenamiento, los sistemas de gestión empresarial que emplean IA, etc. Es importante el saber hacer en la redacción como «invención relacionada con software informático». Consulte Los criterios de examen de las patentes de IA explicados y Las patentes de agentes de IA explicadas.

Q4.¿Puedo solicitar una patente para una invención desarrollada con ayuda de IA generativa?

A.Sí. En la práctica actual, el inventor debe ser una persona física, pero usar la IA generativa como herramienta durante el desarrollo o la invención no plantea, en sí mismo, ningún problema. Sobre la estrategia de protección del desarrollo asistido por IA, consulte Cómo patentar una invención desarrollada a toda velocidad con IA y El «vibe coding» y las patentes explicados.

Q5.¿En qué consiste el servicio de «borrador con IA + revisión del agente de patentes»?

A.Es un servicio de nuestro despacho en el que el agente de patentes verifica y corrige de forma profesional el borrador de la memoria descriptiva elaborado con IA, conteniendo los costes y el tiempo sin renunciar a la calidad. Como los documentos de solicitud dejados por completo en manos de la IA entrañan riesgos, como un ámbito de protección demasiado estrecho, la revisión por un experto resulta imprescindible. Consulte Por qué la generación con IA + la corrección profesional es la combinación más potente y Las 5 razones por las que la revisión del agente de patentes da lugar a un documento de derechos sólido.

Q6.¿Qué partes de mi SaaS pueden patentarse?

A.Hay candidatos a protección en cada capa: las mejoras de la interfaz y del front-end, la integración de API, la lógica de procesamiento del back-end, el cálculo de tarifas, la sincronización de datos, etc. Lo eficiente es decidir qué proteger partiendo de «qué funciones dolería más que copiaran». Consulte El mapa de funciones de un SaaS explicado y La estrategia de patentes para negocios SaaS explicada.

Q7.¿Salen más caras las patentes de aplicaciones o de sistemas?

A.En los asuntos de TI, la extensión de la descripción de las formas de realización y el número de diagramas de flujo tienden a ser mayores, por lo que los honorarios suelen ser algo más altos que en el campo mecánico. No obstante, puede controlarse con el régimen de reducción de tasas o acotando el alcance de la descripción. Sobre el desglose de costes y los consejos para reducirlos, consulte El coste de las patentes de software y de sistemas explicado.

Q8.Antes de lanzar la aplicación, me preocupa infringir patentes de terceros.

A.Le recomendamos un estudio de libertad de operación (FTO) antes del lanzamiento. Identificamos las patentes pertinentes para cada función principal y, en las funciones de mayor riesgo, estudiamos modificar el diseño o buscar soluciones alternativas. Si el problema se descubre tras el lanzamiento, los daños son mayores. Consulte La guía completa del estudio de libertad de operación (FTO) para aplicaciones.

Q9.¿El código fuente de un programa también está protegido por el derecho de autor?

A.Sí, el código fuente queda protegido automáticamente como obra. Ahora bien, lo que protege el derecho de autor es la «expresión», no las ideas ni los algoritmos del procesamiento. Repartiendo los papeles se protege lo que corresponde: la patente para monopolizar la idea, y el derecho de autor y el secreto empresarial frente a la reutilización del código. Consulte Los criterios para elegir cómo proteger la tecnología.

Q10.¿Pueden ser objeto de patente también las técnicas de prompts y los agentes de IA?

A.Pueden serlo. También en Japón existen ejemplos de registro, como la patente de una técnica para generar programas a partir de prompts (patente n.º 7564601), y en el extranjero empresas como OpenAI o Anthropic han obtenido patentes relacionadas. Consulte La patente japonesa de generación de código con IA explicada y Un estudio de casos de patentes relacionadas con prompts.

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🚀 Apoyo a startups y pymes

Preguntas sobre la reducción de tasas, las subvenciones, la financiación y la organización de la propiedad intelectual(8 preguntas)

Q1.¿Ofrecen algún apoyo especial para startups?

A.Disponemos de un plan de apoyo específico para startups. Le acompañamos desde la fase de creación hasta la de crecimiento con servicios como el aprovechamiento del régimen de reducción de tasas, la construcción de una cartera de propiedad intelectual con vistas a una salida a bolsa (IPO), la preparación de la diligencia debida (due diligence) de propiedad intelectual para los fondos de capital riesgo o la elaboración de diapositivas de estrategia de propiedad intelectual para el pitch. Nuestro director tiene además experiencia como consejero de una startup y domina la estrategia de propiedad intelectual desde una óptica de gestión.

Q2.¿Pueden las startups acogerse también a la reducción de las tasas oficiales?

A.Sí. Para las startups con menos de 10 años de antigüedad y un capital social de hasta JPY 300,000,000, entre otras, la tasa de solicitud de examen y las tasas de patente se reducen a un tercio, y para las pymes, a la mitad (consúltenos los detalles de los requisitos). Consulte El nuevo régimen de reducción de tasas y Fundamentos del régimen de reducción de tasas.

Q3.¿De verdad se valoran las patentes en la captación de financiación?

A.Sí. Los fondos de capital riesgo examinan la propiedad intelectual como respaldo de la singularidad de la tecnología y de las barreras de entrada, y en la diligencia debida comprueban desde el estado de las solicitudes hasta el reglamento de invenciones de servicio y la titularidad de las solicitudes conjuntas. Consulte Los aspectos que los inversores examinan en la propiedad intelectual y Las 3 ventajas de solicitar patentes de forma temprana.

Q4.Acabo de crear la empresa y no tengo presupuesto. ¿Aun así debería solicitar?

A.Existen formas de asegurar una «fecha de solicitud» conteniendo los costes iniciales: presentar una única solicitud centrada en la tecnología esencial, aprovechar los regímenes de reducción de tasas y las subvenciones, o ajustar el momento de solicitar el examen. La fecha de solicitud es un activo que no se puede recuperar después. Le propondremos un plan mínimo adaptado a su presupuesto, así que utilice, para empezar, nuestra consulta gratuita.

Q5.¿Qué subvenciones y regímenes de apoyo pueden utilizarse?

A.Puede utilizar, entre otros, la subvención para solicitudes en el extranjero (JETRO, INPIT), las subvenciones relacionadas con la propiedad intelectual de cada administración local y el régimen de reducción de las tasas oficiales. Como los regímenes cambian cada ejercicio, en nuestro despacho también le ayudamos a estar al día de la información más reciente. Consulte Resumen de los regímenes de reducción y apoyo (edición 2026).

Q6.¿No hay problema aunque no tengamos un responsable de propiedad intelectual en la empresa?

A.No hay problema. Puede externalizar por completo las funciones de un departamento de propiedad intelectual: desde la identificación de invenciones hasta la decisión de solicitar, el control de los plazos y la revisión de los contratos. Al recurrir a un experto solo cuando lo necesita y en la medida en que lo necesita, puede construir una estructura de propiedad intelectual sin incurrir en costes fijos. Consulte La externalización de la propiedad intelectual explicada.

Q7.¿Cuál es el mejor momento para solicitar?

A.El principio fundamental es «antes de la divulgación». En concreto, los momentos que exigen especial atención son los previos a una nota de prensa, una feria, una campaña de crowdfunding, el lanzamiento de un producto o una ronda de financiación; justo antes de estos hitos, también atendemos solicitudes de última hora. Consulte Los 5 mejores momentos para consultar.

Q8.¿En qué consiste preparar la propiedad intelectual de cara a una IPO o una operación de M&A (medidas frente a la diligencia debida de PI)?

A.En el examen para la salida a bolsa o en la auditoría de adquisición se comprueban la titularidad de los derechos (invenciones de servicio, contratos de externalización), el riesgo de infracción de derechos de terceros, el estado de la gestión de las marcas y los dominios, etc. Como preparar todo esto a última hora es difícil, es importante organizar una estructura planificada desde el principio. Le ayudamos incluso a hacer inventario de la situación actual, así que consúltenos.

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