Para las pymes, las empresas emergentes y las universidades que aspiran a expandirse al extranjero o a crecer en el mercado global, es muy importante obtener de forma adecuada los derechos de propiedad intelectual locales (patentes, diseños, marcas, etc.). Sin embargo, la obtención de derechos en el extranjero conlleva gastos.
En esos casos, le recomendamos que considere la posibilidad de solicitar la «Subvención para solicitudes en el extranjero de INPIT», gestionada por el INPIT (Instituto de Información y Formación sobre Propiedad Industrial).
Esta subvención tiene como objetivo subvencionar parte de los gastos que supone para las empresas la obtención de derechos de propiedad intelectual en el extranjero, así como impulsar la elaboración de estrategias internacionales de propiedad intelectual.
Entonces, ¿a qué tipo de empresas se dirige concretamente y qué tipo de actividades subvenciona? ¡Se lo explicaremos de forma clara a todos los lectores del blog!
1. ¿Qué empresas pueden optar a la subvención?
Esta subvención está dirigida a empresas con sede en Japón. Además, deben cumplir alguno de los siguientes requisitos.
- Pequeñas y medianas empresas:
- Empresas o particulares cuyo capital social o número de empleados a tiempo completo sea inferior a las cifras específicas establecidas para cada sector.
- En el caso de los autónomos, se limita a quienes tengan su domicilio en Japón.
- También se incluyen determinadas asociaciones (asociaciones empresariales, cooperativas de trabajo, cooperativas de negocios, etc.). No obstante, existen algunas restricciones en las solicitudes relacionadas con marcas colectivas regionales.
- Sociedades de nueva creación:
- Son aquellas sociedades cuyo capital social no supere los 300 millones de yenes y que, en la fecha de presentación de la solicitud, no hayan transcurrido más de 10 años desde su constitución.
- No obstante, quedan excluidas aquellas en las que una gran empresa con un capital social superior a 300 millones de yenes posea la mayoría de las acciones.
- Instituciones de investigación y ensayo, etc.:
- Investigadores de universidades y escuelas técnicas superiores, entidades que gestionan universidades y escuelas técnicas superiores, y corporaciones de uso conjunto de universidades.
- Empresas autorizadas como organismos de transferencia de tecnología (TLO) de universidades, etc.
- También se incluyen las entidades que gestionan determinadas corporaciones administrativas independientes o corporaciones especiales, organismos públicos de investigación y ensayo, así como las corporaciones administrativas independientes regionales de investigación y ensayo.
- Titulares de derechos de explotación, etc.:
- Se trata de personas que se encuentran en alguna de las categorías mencionadas anteriormente (pymes, sociedades específicas de nueva creación, organismos de investigación y ensayo, etc.) y que, en relación con una solicitud de la que son titulares, reciben la concesión de derechos de explotación y asumen, en su lugar, la totalidad o parte de los gastos relacionados con la obtención de derechos en el extranjero. No obstante, es necesario que la persona en cuestión también se encuentre en alguna de las categorías a) a c) mencionadas anteriormente.
【Empresas excluidas】
Las siguientes empresas no pueden optar a esta subvención.
- Las empresas consideradas grandes (por ejemplo, pymes en las que una gran empresa posea una participación mayoritaria en el capital social o en la inversión). Tampoco se considerarán elegibles aquellas que pasen a ser consideradas grandes empresas durante el periodo de ejecución del proyecto subvencionado.
- Aquellos que hayan sido objeto de medidas de suspensión de subvenciones o de inhabilitación por parte del Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
- Empresas relacionadas con grupos delictivos organizados o con miembros de dichos grupos.
2. ¿Qué actividades se subvencionan? (Solicitudes y trámites subvencionables)
Las actividades que pueden recibir ayuda son, principalmente, las solicitudes presentadas ante las oficinas de patentes extranjeras, etc. (en adelante, «solicitudes subvencionables») y los procedimientos específicos relacionados con ellas (en adelante, «procedimientos subvencionables»).
3. ¿Qué gastos son subvencionables?
Son subvencionables los gastos que puedan distinguirse claramente como pertenecientes al proyecto subvencionado y cuya necesidad y adecuación del importe puedan confirmarse mediante documentos justificativos. Además, son subvencionables aquellos gastos para los que se haya formalizado el contrato (pedido) a partir de la fecha de concesión de la subvención y cuya recepción y pago se hayan completado dentro del periodo de ejecución del proyecto subvencionado.
Los principales gastos subvencionables son los siguientes:
- Tasas de pago a oficinas de patentes extranjeras, etc.:
- tasas de solicitud, tasas de tramitación de la transición nacional de solicitudes internacionales, tasas de solicitud de examen, etc.
- Honorarios de representantes, etc.:
- Honorarios de representantes nacionales (abogados de patentes, etc.) y de representantes locales. Por regla general, se partirá de los honorarios de un despacho nacional y de un despacho local por cada país de presentación de la solicitud.
- Gastos de solicitud de certificación notarial, gastos de redacción de poderes, comisiones por transferencia bancaria, etc.
- Gastos de traducción:
- Son los gastos relacionados con la traducción de la memoria descriptiva, etc. Es necesario indicar en la memoria descriptiva el desglose, por ejemplo, la tarifa unitaria multiplicada por el número de palabras o de páginas.
[Ejemplos de gastos no subvencionables]
Los siguientes gastos no son subvencionables.
- Gastos de elaboración de la solicitud de subvención o del informe de resultados.
- El impuesto sobre el consumo, el impuesto sobre el valor añadido (IVA) en el extranjero, etc.
- Comisiones por cambio de divisas.
- Tasas que se abonan a la Oficina Japonesa de Patentes.
- Gastos relacionados con la búsqueda de antecedentes técnicos y de marcas anteriores.
- Tasas de la fase internacional de la solicitud internacional (tasas de solicitud internacional, etc.).
- Tasas de patente y de registro.
- Otros gastos correspondientes a actividades o gastos no subvencionables.
4. ¿Cuál es el importe y el porcentaje de la subvención?
El porcentaje de subvención es del 50 % de los gastos subvencionables.
El importe máximo de la subvención es el siguiente:
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Importe máximo por empresa (solicitud):
- Pymes, sociedades de nueva creación, organismos de investigación y ensayo (con algunas excepciones), titulares de derechos de explotación, etc.: hasta 3 millones de yenes.
- Instituciones de investigación y ensayo, etc. (algunas): sin límite.
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Importe máximo por solicitud (común):
- Solicitud de patente: hasta 1,5 millones de yenes.
- Solicitudes de registro de modelos de utilidad, de diseños industriales y de marcas: hasta 600 000 yenes.
- Solicitudes para evitar el registro anticipado de marcas: hasta 300 000 yenes.
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Importe máximo por procedimiento (común):
- 500 000 yenes como máximo. No se establece un límite máximo para el conjunto de los trámites.
* En el caso de solicitudes conjuntas, el importe máximo de la subvención por solicitud será el resultado de multiplicar los importes anteriores por la proporción de participación. * En el caso de las pymes (excepto algunos organismos de investigación y ensayo), las solicitudes de registro de diseños y de marcas serán subvencionables hasta un máximo de 5 solicitudes cada una.
5. Solicitud de participación y principales pasos y obligaciones tras la selección
- Método de solicitud: Por regla general, solo se aceptan solicitudes electrónicas a través de **JGrants (sistema de solicitud electrónica del Estado)**. Para presentar la solicitud es necesaria una cuenta G-Biz ID Prime.
- Restricción de solicitudes duplicadas: No se pueden presentar solicitudes que se solapen con otros programas de ayuda financiados con fondos públicos para las mismas solicitudes que se pretenden subvencionar. Si se descubre una duplicación, la solicitud podrá ser rechazada o la decisión de concesión podrá ser revocada.
- Obligaciones tras la selección: Una vez seleccionados como beneficiarios de la subvención, existen varias obligaciones. A continuación se presentan algunos puntos especialmente importantes.
- Las solicitudes de patente que incluyan invenciones pertenecientes a los «campos tecnológicos específicos» establecidos en la Ley de Promoción de la Seguridad Económica no podrán optar a esta subvención.
- Los beneficiarios que hayan obtenido puntos adicionales por aplicar un aumento salarial deberán informar sobre la situación de dicho aumento.
- En caso de modificación, suspensión, supresión o subrogación del proyecto subvencionado, se requiere la autorización previa del INPIT.
- Una vez finalizado el proyecto subvencionado, es necesario presentar un informe de resultados dentro del plazo establecido.
- Existe la obligación de presentar anualmente un informe sobre la situación de la obtención de derechos para todas las solicitudes subvencionadas, hasta que se haya completado la notificación de los resultados del examen y el estado de registro. En caso de no presentarlo o de presentar un informe falso, existe la posibilidad de que se revoque la decisión de concesión, se solicite la devolución de la subvención o no se acepten futuras solicitudes.
- Si no se completa la obtención de los derechos sin motivo justificado (renuncia, retirada, etc.), es posible que no se seleccione la solicitud en futuras convocatorias.
- Es necesario conservar los libros de contabilidad y los documentos justificativos relativos a los gastos subvencionables durante cinco años tras la finalización del proyecto subvencionado.
- Es necesario atender a las solicitudes de información y a las inspecciones in situ que realicen el INPIT o la secretaría.
- El pago de la subvención se realizará mediante liquidación una vez finalizado el proyecto subvencionado. La subvención está sujeta a impuestos.
- En caso de que se produzcan irregularidades, se podrá proceder a la anulación de la concesión, a la orden de devolución o a la publicación de la información.
Resumen
La subvención para solicitudes en el extranjero de INPIT es un programa que ofrece un sólido apoyo económico para la obtención de derechos de propiedad intelectual en el extranjero. Le recomendamos que compruebe los requisitos de las empresas beneficiarias y el contenido de la ayuda, y que considere la posibilidad de aprovecharla como parte de su estrategia de propiedad intelectual para la expansión internacional.
Para obtener información actualizada sobre los procedimientos de solicitud, la documentación necesaria y el plazo de presentación de solicitudes, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho.
AUTOR
Takefumi Sugiura
Representante y abogado especializado en propiedad intelectual del bufete EVORIX
Prestamos apoyo a clientes de una amplia gama de sectores, como el de las tecnologías de la información, la fabricación, las startups, la moda y la medicina, desde la presentación de solicitudes de patentes, marcas, diseños y derechos de autor hasta los procedimientos de recurso y los litigios por infracción. También somos expertos en estrategias de propiedad intelectual en campos de vanguardia como la IA, el IoT, el Web3 y el FinTech. Pertenecemos a varias organizaciones, entre ellas la Asociación Japonesa de Abogados de la Propiedad Industrial, la Asociación Asiática de Abogados de la Propiedad Industrial (APAA) y la Asociación Japonesa de Marcas (JTA).