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Guía práctica sobre el sistema de marcas de Brasil | Un abogado especializado en propiedad industrial explica en detalle el LPI, el INPI y la revisión de tarifas de 2025

Escrito por 弁理士 杉浦健文 | 2026/05/21

El sistema de marcas de Brasil se basa en la Ley de Propiedad Industrial (Lei nº 9.279/1996, LPI), una ley federal, y en él se sistematizan las normas fundamentales relativas a la solicitud, el examen, el registro, la cancelación, la nulidad y la ejecución.En los últimos años, la práctica ha experimentado cambios significativos tras dos importantes modificaciones del sistema: la entrada en vigor del Protocolo de Madrid en octubre de 2019 y la revisión del sistema de tasas (automatización del primer decenio), que entrará en vigor el 20 de septiembre de 2025.En este artículo se ofrece una visión sistemática, desde la perspectiva práctica de los agentes de la propiedad industrial, que abarca desde la LPI y el funcionamiento del INPI hasta el sistema de tasas, la reforma de 2025, las oposiciones, los recursos, la nulidad y la cancelación por falta de uso, las medidas aduaneras, las normas especiales para los solicitantes extranjeros y la jurisprudencia principal del STJ.

Índice

  1. Panorama general del régimen de marcas de Brasil y organismos relacionados
  2. Marco jurídico y convenios internacionales (LPI, París, ADPIC, Madrid)
  3. Procedimiento de solicitud y flujo estándar hasta el registro
  4. Tasas oficiales (repercusiones prácticas de la revisión de tarifas de 2025)
  5. Criterios de examen y requisitos de registrabilidad (carácter visual y capacidad de distinción)
  6. Oposiciones, recursos, nulidad y caducidad por falta de uso (caducidade)
  7. Respuesta ante infracciones y ejecución (medidas civiles, penales y aduaneras)
  8. Aspectos prácticos para solicitantes extranjeros (representantes, poderes, Sistema de Madrid)
  9. Jurisprudencia reciente (STJ)
  10. Lista de verificación práctica y resumen

Panorama general del régimen de marcas de Brasil y organismos relacionados

El régimen de marcas de Brasil se basa en la Ley Federal LPI (Lei nº 9.279/1996), y el INPI (Instituto Nacional da Propriedade Industrial) es el organismo competente para la recepción de solicitudes, el examen, el registro, la publicación en el RPI (Boletín Oficial) y los procedimientos administrativos (oposición, recurso y nulidad).Además, en virtud de la LPI, el INPI también es competente en el registro de contratos de transferencia de tecnología, franquicias, etc. (como requisito de oponibilidad).

Definición de marca y principios básicos de los requisitos de registro

Principios básicos de la LPI: el requisito básico para la registrabilidad de una marca es que sea un «signo perceptible visualmente». Por lo tanto, las marcas no visuales, como los sonidos o los olores, quedan excluidas del ámbito de registro, al menos según la definición legal. La adquisición de derechos depende, en principio, de un registro válido, aunque también existen disposiciones que reconocen una cierta prelación (precedência) a los usuarios anteriores de buena fe.

Principios generales del procedimiento (plazos, publicación, cómputo)

Los plazos legales de los procedimientos del INPI transcurren, en principio, en días consecutivos (consecutive days), surten efecto mediante la publicación y, en principio, el cómputo de los plazos comienza el día hábil siguiente a la publicación, según establece la LPI, lo que tiene un impacto directo en los riesgos prácticos. Dado que la RPI (Revista da Propriedade Industrial, boletín oficial) es el punto de partida para la gestión de todos los plazos, es imprescindible que el despacho establezca un sistema para verificar cada número de RPI.

Marco jurídico y convenios internacionales (LPI, París, ADPIC, Madrid)

Tratados y legislación Situación en Brasil Repercusiones prácticas
LPI (Ley de Propiedad Industrial) Ley nacional fundamental (Ley n.º 9.279/1996) Normativa integral sobre solicitudes, examen, registro, cancelación, nulidad e infracción (civil y penal)
Convenio de París Derecho de prioridad y marcas notoriamente conocidas (artículo 6 bis) La LPI también se remite al Convenio para regular la protección de las marcas notoriamente conocidas y el derecho de prioridad
Acuerdo sobre los ADPIC Criterios mínimos para los países miembros de la OMC Protección de las marcas (Parte II) + Medidas de ejecución y en la frontera (Parte III)
Protocolo de Madrid Entrada en vigor el 2 de octubre de 2019 La designación de Brasil a través del registro internacional es posible desde el punto de vista institucional

Procedimiento de solicitud y flujo estándar hasta el registro

Solicitud electrónica (e-Marcas) y pago del GRU

Se ha establecido que las solicitudes de marcas y otras solicitudes relacionadas en Brasil se tramiten a través del sistema electrónico del INPI, «e-Marcas». Para utilizar e-Marcas es necesario disponer de un número válido de GRU (recibo de pago federal), y es obligatorio haberlo abonado antes de enviar el formulario.

Clasificación (Clasificación de Niza, 12.ª edición) y productos y servicios designados

El INPI utiliza la Clasificación de Niza, 12.ª edición (NCL(12)). A la hora de presentar la solicitud, existen dos opciones para la designación de productos y servicios:

Código 389 (pré-aprovada/vocabulario preaprobado): sistema en el que se elige entre el vocabulario preaprobado por el INPI. Se especifica que, en el formulario, se debe seleccionar una sola clase y que los productos y servicios designados deben pertenecer a dicha clase. Ofrece una gran estabilidad en cuanto a la práctica de examen y los costes, por lo que se recomienda como opción básica.

Código 394 (livre preenchimento / descripción libre): sistema que permite la descripción libre. Se elige cuando se requiere una designación específica que no puede expresarse con el vocabulario preaprobado. Las tasas son más elevadas.

En principio, los productos y servicios designados no pueden modificarse tras la presentación de la solicitud, salvo en casos excepcionales y limitados, como la «restricción por parte del solicitante». Por lo tanto, el diseño de la designación en el momento de la solicitud debe realizarse con cautela, teniendo en cuenta el alcance del ejercicio de los derechos tras el registro.

Diagrama de flujo desde la solicitud hasta el registro

1. Investigación de antecedentes y determinación de los productos y servicios designados: investigación de marcas anteriores idénticas o similares en la base de datos del INPI
2. Presentación de la solicitud en e-Marcas: pago de la GRU → envío del formulario (código 389 o 394)
3. Comprobación formal y admisión: asignación del número de solicitud
4. Publicación en el RPI (Boletín Oficial): punto de partida para el control de plazos
5. Plazo de oposición: en un plazo de 60 días a partir de la publicación (terceros pueden presentar oposición)
6. Examen de fondo: evaluación global del carácter distintivo, colisión con derechos anteriores (disponibilidad), etc
. En los casos con oposición, el examen se lleva a cabo tras el procedimiento de réplica del solicitante
7a. Deferimento (admisión) → Registro y emisión del certificado (a partir del 20/09/2025, automático y gratuito)
7b. Indeferimento (denegación) → Posibilidad de presentar un recurso en un plazo de 60 días (código 333, etc.)
8. Tribunal Superior del INPI y resolución administrativa definitiva: si se mantiene, también es posible interponer una acción judicial de nulidad
9. Gestión de los derechos tras el registro: caducidad por falta de uso (a partir de los 5 años) / renovación (cada 10 años) / procedimiento de nulidad

Plazo de examen estándar (indicadores oficiales)

Indicadores de examen publicados por el INPI (datos de 2024 hasta noviembre):Expedientes
sin oposición: aprox. 17,4 meses (desde la solicitud hasta la publicación del RPI de la resolución del examen técnico) ・Expedientes
con oposición: aprox. 25,7 meses
. El sistema de emisión automática a partir del 20 de septiembre de 2025 podría reducir el tiempo total necesario para completar el registro.

Tasas oficiales (repercusión práctica de la revisión de tarifas de 2025)

Modificación del sistema con entrada en vigor el 20 de septiembre de 2025

Esencia de la revisión de 2025:Anteriormente, el pago se realizaba en dos fases: «tasa de solicitud + (tras el aplazamiento) primera décima + emisión del certificado». Sin embargo, para los casos en los que se haya presentado la solicitud (389/394) a partir del 20 de septiembre de 2025, la primera décima y la emisión del certificado serán automáticas y gratuitas, por lo que ya no será necesario el pago tradicional «tras el aplazamiento (372/373)».De este modo, se ha eliminado prácticamente el riesgo de perder los derechos por olvido en el pago.

Lista de tasas principales (1 clase, con descuentos según la categoría del solicitante)

Categoría Código Contenido Normal (R$) Con descuento (R$)
Solicitud (preaprobada) 389 Inscripción (por clase) 360 / 880 180 / 440
Solicitud (descripción libre) 394 Solicitudes (por clase) 420 / 1.720 210 / 860
Oposición (ordinaria) 3020 Oposición 520 260
Oposición (limitada a las alegaciones) 3022 LPI 124 XIX Limitado (creado el 20/12/2025) 360 180
Recurso (general) 333 Recurso de marcas (en sentido amplio) 700 350
Recurso (denegación, etc.) 3000 Recurso contra la denegación, etc. 700 350
Renovación del registro (10 años) 434 Prorroga (ordinaria) 1 240 620
Reconocimiento de marca notoriamente conocida 393 Solicitud de reconocimiento de marca de gran renombre 37 580

Posicionamiento estratégico de las marcas de alto renombre: La certificación de marca de alto renombre (alto renome) conlleva una tasa de solicitud extremadamente elevada, de 37 580 reales. Se trata de una protección especial transversal (que abarca todas las clases) basada en el artículo 125 de la LPI, por lo que es razonable limitarla a casos estratégicos en los que el «valor de la marca y la necesidad de protección transversal» sean evidentes.

Criterios de examen y requisitos de registro (carácter visual y capacidad de distinción)

Requisitos de registro y tipos de marcas

La LPI define como tipos de marcas las marcas de productos y servicios, las marcas de asociación y las marcas de certificación, e institucionaliza, como protección excepcional, las marcas notoriamente conocidas (notoriamente conhecida, derivada del artículo 6 bis del Convenio de París) y las marcas de alto renombre (alto renome, artículo 125 de la LPI).

Motivos de denegación (absolutos y relativos)

La LPI enumera los signos que no pueden registrarse (mezcla de motivos de denegación absolutos y relativos). Los tipos más representativos son los siguientes.

Principales motivos de denegación:
① Denominaciones genéricas e indicaciones descriptivas (falta de carácter distintivo)
② Signos oficiales (banderas, escudos, etc.)
Signos que pueden dar lugar a confusión con marcas anteriores de terceros (denegación relativa)
④ Colisión con marcas notoriamente conocidas (el INPI puede denegar de oficio)
⑤ Violación del orden público y las buenas costumbres, etc.

Evaluación de la similitud y la «disponibilidad»

En el examen de fondo del INPI, se evalúan de forma integral la legalidad, el carácter distintivo, la veracidad y la disponibilidad del signo. En particular, la «disponibilidad» se explica como un concepto que, partiendo de la premisa de las solicitudes y registros anteriores, se centra en si «ese signo está disponible en el mercado». El concepto de «novedad», tal y como se entiende en la práctica japonesa, se manifiesta en Brasil principalmente como la existencia o no de un conflicto con derechos anteriores (denegación relativa).

Oposiciones, recursos, nulidad y caducidad por falta de uso (caducidade)

Lista de plazos principales

Procedimiento Plazo Fecha de inicio Fundamento
Oposición 60 días (días consecutivos) El día hábil siguiente a la publicación en el RPI LPI
Réplica a la oposición 60 días El día hábil siguiente a la notificación LPI
Recurso contra la resolución de denegación 60 días El día hábil siguiente a la publicación de la resolución LPI Disposiciones generales
Nulidad administrativa (processo administrativo de nulidade) En un plazo determinado tras el registro Concesión del registro LPI
Nulidad judicial 5 años (plazo de interposición de recurso) Concesión del registro, por regla general LPI
Cancelación por falta de uso (caducidad) Se puede solicitar una vez transcurridos 5 años desde el registro Concesión del registro LPI
Renovación (prorrogação) Cada 10 años Fecha de registro LPI

Recurso y carácter definitivo de los procedimientos administrativos

Como principio general, la LPI establece que, salvo disposición contraria, se puede interponer un recurso contra las resoluciones dictadas en virtud de dicha ley en un plazo de 60 días, y el plazo para presentar alegaciones también es de 60 días. La resolución la dicta el Presidente del INPI y el procedimiento administrativo se da por concluido. No obstante, la LPI también establece expresamente que no se pueden interponer recursos contra resoluciones como la concesión del registro de una marca, por lo que, una vez concedido el registro, es necesario recurrir a otras vías (nulidad o caducidad por falta de uso) para impugnar la resolución.

Preparación para la caducidad por falta de uso

Norma de caducidad por falta de uso tras 5 años: transcurridos 5 años desde la concesión del registro, un tercero puede solicitar la caducidad por falta de uso si se cumplen los siguientes requisitos:
① No se ha iniciado el uso
; ② No se ha utilizado durante 5 años consecutivos
; ③ Uso de forma que altere el carácter distintivo, etc
. Tras el registro, la base de la defensa consiste en conservar de forma sistemática las pruebas del inicio y la continuidad del uso (facturas, anuncios, embalajes, indicaciones en el comercio electrónico, etc.).

Respuesta ante infracciones y ejecución (medidas civiles, penales y aduaneras)

Recursos civiles (cese, indemnización por daños y perjuicios, medidas cautelares, embargo)

La LPI establece expresamente que se pueden solicitar reparaciones civiles independientemente de las acciones penales, y contiene disposiciones relativas al cálculo de la indemnización por daños y perjuicios y a las medidas cautelares (liminar). En particular, en lo que respecta a las medidas cautelares (cese de la infracción), se prevé la posibilidad de dictar una orden para evitar daños, incluso antes de la citación del demandado y a condición de que se constituya una fianza.

Cálculo de los lucros cesantes: es posible elegir el criterio de cálculo más favorable para la parte perjudicada.
① Los beneficios que la parte
perjudicada habría obtenido. ② Los beneficios obtenidos por el infractor
. ③ El importe equivalente a unos derechos de autor razonables
. Además, la LPI contiene disposiciones relativas al embargo, la incautación y la destrucción de los productos infractores, que se examinan conjuntamente con la conservación de pruebas.

Recursos penales (delitos contra las marcas y competencia desleal)

La LPI establece los tipos de delitos contra el registro de marcas (reproducción, alteración, importación, exportación, venta y almacenamiento de productos con marcas falsificadas, etc.) y los delitos de competencia desleal. La ley también recoge las normas procesales penales, como la necesidad de denuncia (en principio, es necesaria la denuncia de un particular, etc.).

Medidas aduaneras y reformas normativas recientes

La LPI establece que las autoridades aduaneras pueden incautar, por iniciativa propia o a petición de los interesados, productos con marcas falsificadas, alteradas o imitadas, así como productos con indicaciones de origen falsas, durante el control aduanero. Además, recientemente se han introducido las siguientes mejoras normativas.

Temas de actualidad sobre medidas fronterizas:
SCP (Sistema de Combate à Pirataria): sistema
de cooperación en materia de medidas cautelares que las autoridades aduaneras ponen a disposición de los titulares de derechos de marca. ・ADI RFB n.º 3/2025: circular que regula las medidas de retención y decomiso (perdimento) en relación con la importación de productos falsificados, etc. (publicada en 2025)
. Se está avanzando en la mejora del marco normativo para que sea compatible con los requisitos mínimos del Acuerdo sobre los ADPIC en materia de medidas fronterizas.

En los litigios sobre marcas, resulta realista combinar, en función del tipo de caso (productos falsificados de la UE, existencias de fábrica, distribución transfronteriza), la cesación y el embargo previstos en la LPI con la tutela provisional y la obtención anticipada de pruebas previstas en el CPC (Código de Procedimiento Civil).

Prácticas para solicitantes extranjeros (representantes, poderes, Madrid)

Obligación de designar un representante permanente en el país

Requisitos obligatorios para los solicitantes extranjeros: la LPI establece expresamente que los residentes en el extranjero tienen la obligación de «constituir y mantener» a un representante en Brasil que les represente en los procedimientos administrativos y judiciales. Dado que se exige una representación que incluya la facultad de recibir notificaciones, es imprescindible contar con un representante de forma permanente, y no solo para casos concretos.

Requisitos del poder

Requisitos Contenido
Idioma Portugués
Certificación No se requiere certificación consular ni certificación de firma
Plazo de presentación En un plazo de 60 días a partir del primer trámite (si se deja pasar este plazo, se producirá el archivo definitivo = denegación de la solicitud)

Riesgos prácticos del poder notarial: si se deja pasar el plazo de 60 días, la solicitud de marca puede quedar archivada definitivamente (arquivamento definitivo). En los casos de clientes extranjeros, es necesario estandarizar el proceso «obtención de la firma → traducción simplificada → presentación dentro del plazo» y gestionar las tareas dando prioridad absoluta a la rapidez en la obtención de la firma.

Directamente en Brasil (e-Marcas) frente a vía Madrid

Punto de vista Directamente en el país (e-Marcas) Vía Madrid (registro internacional → designación de Brasil)
Jurisdicción y punto de entrada Solicitud nacional ante el INPI Registro internacional (gestionado por la OMPI) + designación de la República de México (examen por el INPI)
Diseño de clases La aplicación de la clase 389 se basa en una única clase Las tasas individuales se aplican por clase (3011, etc.)
Representante Los residentes en el extranjero deben contar con un representante nacional Puede ser necesario en la práctica para gestionar denegaciones, etc.
Gestión centralizada de los trámites Gestión individualizada en el país Gestión centralizada mediante el número de registro internacional (renovaciones, etc.)

Brasil está disponible como país designado del Protocolo de Madrid desde el 2 de octubre de 2019. Sin embargo, dado que el impacto de las tasas individuales aumenta a medida que crece el número de clases, es necesario evaluar el retorno de la inversión (ROI) por cartera. Además, incluso a través del sistema de Madrid, se requiere un representante nacional por motivos prácticos, como la gestión de notificaciones de denegación.

Sentencias recientes relevantes (STJ)

Las recientes resoluciones del Tribunal Superior de Justicia (STJ) de Brasil concretan la «interpretación» de los artículos de la LPI. A continuación se presentan tres casos importantes para la práctica en materia de marcas.

Asunto Cuestión controvertida Fundamentos y relevancia práctica
Asunto Speedo Excepción al plazo de prescripción (en principio, 5 años) de la acción de nulidad del registro En los casos en que se plantean cuestiones de notoriedad o mala fe, la valoración de la conducta de las partes puede influir en la conclusión. Se planteó la idea de ordenar gradualmente las relaciones jurídicas mediante la denegación de la renovación.
Asunto Perdigão (REsp 1.787.676/RJ) Efecto retroactivo de las marcas de gran renombre (alto renome) La protección de las marcas de gran renombre tiene efecto ex nunc y no surte efecto excluyente con carácter retroactivo sobre las marcas que ya se habían solicitado antes de su reconocimiento. La dilución debe entenderse en relación con el régimen de marcas de gran renombre del artículo 125 de la LPI, y no con el concepto general de «notoriedad».
Caso Fogo Olímpico (REsp 1.583.007/RJ) La prohibición de registro del artículo 124 de la LPI y las leyes especiales En lo que respecta al uso no autorizado de nombres y símbolos de eventos deportivos, los derechos exclusivos derivados de leyes especiales pueden tener un alcance que trascienda el principio de especificidad de la marca y el ámbito de especialización. Es necesario tener una visión transversal no solo de la doctrina de la ley de marcas, sino también de las leyes especiales relacionadas.

Lista de verificación práctica y resumen

Fase
previa a la solicitud ☑ Investigar
marcas anteriores (idénticas o similares) en la base de datos del INPI ☑
Ajustar los productos y servicios designados al vocabulario «pré-aprovada» del INPI ☑ Diseñar
los costes tomando como referencia el código 389 (aplicación de una sola clase) ☑ Contratar a un agente nacional y preparar el poder (en portugués) ☑
Si se trata de una expansión multinacional, comparar el ROI entre la vía de Madrid y la presentación directa en el país

Fase de solicitud
, publicación y examen☑ Presentar la solicitud en e-Marcas (pago de la tasa GRU realizado → envío)
☑ Detectar
la publicación mediante el número RPI☑ Supervisar también la publicación de marcas de terceros (plazo de oposición de 60 días)
☑ Gestionar
el plazo de 60 días para presentar un recurso contra la notificación de denegación☑ Presentar el poder notarial en un plazo de 60 días a partir del primer acto procesal

Fase
posterior al registro ☑ Para las solicitudes presentadas a partir del 20/09/2025, el certificado del primer decenio se emite de forma automática y gratuita(eliminación del riesgo de olvido de pago)
☑ Gestión
de la renovación a los 10 años (código 434) ☑ Conservación
sistemática de pruebas de uso (facturas, anuncios, embalajes, indicaciones en el comercio electrónico) ☑ Preparación
ante el riesgo de caducidad por falta de uso tras 5 años ☑ Las licencias adquieren fuerza ojetiva mediante el registro (averbação) en el INPI

Fase
de respuesta ante infracciones ☑ Combinación de medidas cautelares (
prohibición y embargo) en el LPI + medidas provisionales en el CPC ☑ Cálculo de daños y perjuicios mediante comparación de tres métodos (beneficios de la
víctima, beneficios del infractor, regalías) ☑ Preparación
previa de medidas fronterizas utilizando el SCP de la Aduana ☑ Respuesta
a la importación de productos falsificados según la ADI RFB n.º 3/2025 ☑ Decisión estratégica sobre la denuncia penal (requiere denuncia privada)

Resumen: Puntos clave de la estrategia de marcas en Brasil

El sistema de marcas de Brasil, además de contar con un marco claro basado en la LPI, ha experimentado una gran evolución en su aplicación práctica tras dos cambios normativos: la entrada en vigor del Protocolo de Madrid de 2019 y la revisión de las tasas de 2025 (automatización del primer decenio).

En primer lugar, el diseño de los productos y servicios designados determina tanto el alcance de los derechos como los costes. Partiendo de la base del vocabulario de aprobación previa del INPI (código 389), resulta razonable, tanto desde el punto de vista de la práctica de examen como de la eficiencia de costes, centrarse en una gestión basada en una sola clase.

En segundo lugar, la gestión de plazos basada en el RPI es clave para evitar incidencias. La estrategia habitual para gestionar los plazos de 60 días para la oposición, 60 días para el recurso y 60 días para la réplica, que transcurren de forma consecutiva, consiste en utilizar una lista de verificación por cada número de RPI.

En tercer lugar, tras el registro es imprescindible prepararse para la caducidad por falta de uso durante 5 años (caducidade). Es necesario establecer, desde el momento del registro, un sistema para conservar de forma sistemática las pruebas de uso y poder responder a una eventual solicitud de caducidad.

En cuarto lugar, los solicitantes extranjeros deben cumplir con los requisitos institucionales de contar con un representante permanente en Brasil y presentar un poder en portugués (en un plazo de 60 días). En los casos de clientes extranjeros, es necesario un proceso de incorporación estandarizado.

En quinto lugar, la respuesta ante las infracciones se basa en un diseño de tres niveles (civil, penal y aduanero) que abarca tanto la LPI como el CPC, siendo opciones realistas el uso del SCP aduanero y la ADI RFB n.º 3/2025 de 2025.

La obtención y el ejercicio de los derechos de marca en Brasil requieren un diseño práctico basado en la interacción entre la LPI, el funcionamiento del INPI, la jurisprudencia del STJ y el régimen aduanero. Se recomienda que, para cada caso concreto, los abogados de marcas japoneses y los representantes brasileños colaboren para estudiar el diseño de las designaciones, la gestión de los plazos y la estrategia de resolución de conflictos.

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Desde la solicitud directa en Brasil (e-Marcas) y la designación a través del Sistema de Madrid hasta las oposiciones y recursos ante el INPI, los litigios por infracción y las medidas aduaneras, nuestros agentes de la propiedad industrial le propondrán una estrategia de propiedad intelectual en Brasil acorde con la estrategia empresarial de su empresa.

AUTOR / Redactor

Takefumi Sugiura

Representante y abogado especializado en propiedad intelectual del bufete EVORIX

Prestamos apoyo a clientes de una amplia gama de sectores, como el de las tecnologías de la información, la fabricación, las startups, la moda y la medicina, desde la solicitud de patentes, marcas, diseños y derechos de autor hasta los procedimientos de revisión y los litigios por infracción. También somos expertos en estrategias de propiedad intelectual en campos de vanguardia como la IA, el IoT, Web3 y FinTech. Pertenecemos a varias organizaciones, entre ellas la Asociación de Abogados de Patentes de Japón, la Asociación de Abogados de Patentes de Asia (APAA) y la Asociación Japonesa de Marcas (JTA).