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Guía práctica sobre el sistema de marcas de los Emiratos Árabes Unidos (EAU) | Ministerio de Economía, Ley Federal n.º 36 de 2021: un abogado especializado en marcas ofrece una explicación detallada sobre su compatibilidad con la sharia

Escrito por 弁理士 杉浦健文 | 2026/05/21

Dirigido a los profesionales encargados de la solicitud, el registro y el ejercicio de los derechos de marcas en los Emiratos Árabes Unidos (EAU), este curso se centra en la Ley Federal n.º 36 de 2021 (Ley de Marcas, en vigor desde el 2 de enero de 2022) y aborda, de forma sistemática, la aplicación de la misma por parte del Ministerio de Economía de los EAU, las tasas gubernamentales, la adhesión al Arreglo de Madrid (28 de diciembre de 2021),el cumplimiento de la sharia (ley islámica) y la introducción del sistema de solicitudes multiclase, entre otros aspectos.

Puntos clave de este artículo

  • Los EAU han reformado íntegramente la Ley de 1992 mediante la Ley Federal n.º 36 de 2021 (Ley de Marcas, en vigor desde enero de 2022)
  • Introducción del sistema de solicitud multiclase (en la ley anterior, una solicitud por clase): mejora significativa de la eficiencia práctica
  • Adhesión al Arreglo de Madrid (28 de diciembre de 2021). Las empresas japonesas pueden designar a los EAU a través del Arreglo de Madrid
  • Los solicitantes extranjeros deben designar un representante local en los EAU (representante registrado en el Ministerio de Economía).
  • Cumplimiento de la ley islámica (sharia): no se admiten marcas relacionadas con el alcohol, la carne de cerdo o que sean inapropiadas desde el punto de vista religioso
  • Sistema de examen: examen de forma → examen de fondo → publicación → plazo de oposición de 30 días → registro
  • El ejercicio de los derechos se rige por un sistema de tres instancias: Ministerio de Economía → Tribunal de Propiedad Intelectual → Tribunal Supremo Federal

MARCA EN LOS EAU

Guía completa sobre el sistema y la práctica de las marcas en los EAU, puerta de entrada a Oriente Medio, elaborada por un agente de la propiedad industrial. Se explica de forma sistemática en 12 secciones, desde la solicitud ante el Ministerio de Economía hasta la Ley Federal n.º 36 de 2021, el Arreglo de Madrid, el cumplimiento de la sharia y el ejercicio de los derechos ante el Tribunal de Propiedad Intelectual.

Índice

  1. Resumen ejecutivo
  2. Estructura básica del sistema y fuentes jurídicas
  3. Principales modificaciones de la nueva ley de 2021
  4. Requisitos del solicitante y documentación necesaria
  5. Procedimiento estándar y gestión de plazos
  6. Estimación de las tasas gubernamentales
  7. Requisitos de las marcas y cumplimiento de la sharia
  8. Protección de marcas notoriamente conocidas
  9. Procedimientos de oposición y cancelación
  10. Ejercicio de derechos y respuesta ante infracciones
  11. Diferencias entre los sistemas de Japón y los Emiratos Árabes Unidos
  12. Lista de verificación práctica para empresas japonesas

1. Resumen ejecutivo

El régimen de marcas de los EAU es un sistema jurídico escrito que, con la Ley Federal n.º 36 de 2021 relativa a las marcas (Federal Law No. 36 of 2021 Concerning Trademarks) como eje central, regula las solicitudes, el examen y los litigios mediante reglamentos de aplicación (Implementing Regulations) y las directrices del Ministerio de Economía de los EAU.Se caracteriza por ser un híbrido entre la ley islámica (sharia) y el sistema internacional moderno de marcas, y la nueva ley de 2021 ha supuesto un gran avance en la modernización, con la introducción de solicitudes en múltiples clases, la adhesión al Arreglo de Madrid y nuevos tipos de marcas.

Cuatro puntos clave que hay que tener en cuenta en la práctica de las marcas en los EAU

  1. Introducción de la solicitud en múltiples clases con la nueva ley de 2021: una gran reforma respecto a la norma de una solicitud por clase de la ley anterior
  2. Las tasas gubernamentales se pagan en AED (dirham de los EAU). La tasa de solicitud es de 750 AED por clase (unos 30 000 yenes), lo que supone un coste elevado
  3. Es imprescindible cumplir con la sharia: no se pueden registrar marcas relacionadas con el alcohol, la carne de cerdo, el juego o que sean inapropiadas desde el punto de vista religioso
  4. En la práctica, la forma más eficaz de ejercer los derechos es combinar los procedimientos administrativos del Ministerio de Economía con el Tribunal de Propiedad Intelectual (civil/penal)

2. Estructura básica del sistema y fuentes jurídicas

La «ley primaria» del régimen de marcas de los EAU es la Ley Federal n.º 36 de 2021 relativa a las marcas (en vigor desde el 2 de enero de 2022), que sustituyó por completo a la antigua ley de 1992 (Ley Federal n.º 37 de 1992). En ella se regulan de forma sistemática la definición de marca, los requisitos de registro, los procedimientos de solicitud, las oposiciones, la anulación, el ejercicio de los derechos y las sanciones, entre otros aspectos.

Funciones del Ministerio de Economía de los EAU

El Departamento de Marcas (Trademarks Department) del Ministerio de Economía de los EAU —con sede en Abu Dabi— se encarga del examen, el registro y los trámites administrativos de las marcas. Se utiliza el sistema de solicitud electrónica «UAE Trademarks E-Services». Válido en los siete emiratos de los EAU: registro unificado en Abu Dabi, Dubái, Sharjah, Ajman, Umm Al-Quwain, Ras Al-Khaimah y Fujairah.

Foro judicial

Órgano Competencia y características
Comité de Marcas del Ministerio de Economía (Trademark Committee)Primera instancia para el examen, oposición y cancelación de marcas
Tribunal Federal de ApelaciónApelación contra las resoluciones del Ministerio de Economía
Tribunal Supremo Federal (Federal Supreme Court)Instancia de última instancia (a nivel federal)
Tribunal de Propiedad Intelectual de Dubái y Tribunal de Propiedad Intelectual de Abu DabiDemanda civil por infracción (tribunales especializados por emirato)

3. Principales modificaciones de la nueva ley de 2021

Adhesión al Arreglo de Madrid y modernización

  • Introducción de la solicitud multiclase (Multi-Class Application): una gran reforma respecto a la antigua ley, que exigía una solicitud por cada clase
  • Adhesión al Arreglo de Madrid (28 de diciembre de 2021): ahora las empresas japonesas también pueden designar a los EAU
  • Inclusión de nuevos tipos de marcas (marcas sonoras, 3D, hologramas, etc.) en el ámbito de registro
  • Régimen de protección independiente de las indicaciones geográficas (IG)
  • Aclaración de los motivos de cancelación: posibilidad de solicitar la cancelación tras 5 años de inactividad
  • Fortalecimiento de las facultades de interceptación en la frontera: interceptación de oficio por parte de las aduanas
  • Endurecimiento de las sanciones: hasta 1 millón de AED (aproximadamente 35 millones de yenes) por falsificación de marcas

4. Requisitos del solicitante y documentación necesaria

En los EAU, tanto las personas físicas como las jurídicas pueden presentar solicitudes de marcas. Los solicitantes extranjeros deben designar a un representante local en los EAU registrado en el Ministerio de Economía. El representante debe ser ciudadano de los EAU o una persona jurídica local.

Requisitos del POA (importante): el POA (poder notarial) debe estar certificado por el consulado de los EAU o llevar el sello Apostilla, además de una traducción al árabe. Aunque el procedimiento se ha simplificado gracias a la adhesión de los EAU al Convenio de la Apostilla (2014), sigue siendo necesario presentar el original.

Documentos obligatorios

  • Formulario de solicitud (Trademark Application Form): en árabe o inglés, a través de los servicios electrónicos del Ministerio de Economía
  • Muestra de la marca: JPEG/PNG; también se admiten marcas tridimensionales y sonoras
  • Productos/servicios designados: 45 clases de la Clasificación de Niza (se admiten solicitudes para varias clases)
  • POA: Apostilla + traducción certificada al árabe (presentar en un plazo de 30 días)
  • Certificado de inscripción en el Registro Mercantil (para personas jurídicas): Apostilla + traducción al árabe
  • Documentos de derecho de prioridad: en caso de reivindicación de prioridad del Convenio de París, en un plazo de 6 meses a partir de la fecha de solicitud

5. Flujo estándar y gestión de plazos

① Solicitud (E-Services del Ministerio de Economía) ② Examen de forma ③ Examen de fondo (4-8 meses)

④ Respuesta a la notificación de objeciones (30 días) ⑤ Publicación y plazo de oposición de 30 días ⑥ Registro → Renovación cada 10 años

Plazo: en casos sin complicaciones, entre 8 y 12 meses desde la solicitud hasta el registro. Es relativamente rápido en comparación con otros países del CCG.

6. Estimación de las tasas oficiales

Concepto Tasa (AED) Equivalente en yenes japoneses
Tasa de solicitud (1 clase)750 AEDAprox. 30 000 yenes
Clases adicionales (por cada clase)750 AEDAprox. 30 000 yenes
Tasa de publicación (1 categoría)AED 750Aprox. 30 000 yenes
Tasa de registro (1 categoría)AED 5.000Aproximadamente 200 000 yenes
Tasa de recursoAED 5.500Aproximadamente 220 000 yenes
Tasa de renovación (1 categoría, 10 años)6.500 AEDAprox. 260 000 yenes

Las marcas registradas en los EAU se encuentran entre las más caras de Oriente Medio: el coste total por clase (solicitud → registro) es de unos 12 000 AED (aprox. 480 000 yenes). Son especialmente caras incluso entre los países del CCG, y más del doble que en Arabia Saudí o Catar. Si se incluyen los honorarios del agente, hay casos en los que superan el millón de yenes por clase.

7. Requisitos de las marcas y cumplimiento de la sharia

Marcas registrables

  • Marcas denominativas, figurativas, combinadas y tridimensionales
  • Marcas sonoras, colores y imagen comercial
  • Marcas colectivas y marcas de certificación
  • Indicaciones geográficas (IG): protegidas como un régimen independiente

Motivos de denegación absolutos

  • Falta de carácter distintivo y signos descriptivos
  • Contravención del orden público y las buenas costumbres
  • Violación de la sharia (contraria a las enseñanzas del islam): propio de los EAU
  • Marcas engañosas
  • Uso de banderas, escudos nacionales o símbolos religiosos

Marcas no registrables según la ley de la sharia

  • Marcas de bebidas alcohólicas —excepto en zonas francas y lugares turísticos con permiso para el consumo dentro de los EAU—
  • Marcas de carne de cerdo y productos derivados del cerdo
  • Marcas relacionadas con el juego y los casinos
  • Textos sagrados islámicos y palabras sagradas (citas del Corán, etc.)
  • Elementos considerados blasfemos o insultantes para el islam
  • Imágenes de desnudos o sexualmente provocativas

8. Protección de marcas notoriamente conocidas

Los Emiratos Árabes Unidos han reforzado la protección de las marcas notoriamente conocidas (Well-Known Marks) en virtud del artículo 6 ter del Convenio de París. La nueva ley de 2021 incluye ahora la protección de las marcas notoriamente conocidas no registradas.

Criterios para la reconocimiento de marcas notoriamente conocidas

  • Periodo de uso y zona geográfica en los EAU u otros países
  • Grado de reconocimiento entre los consumidores
  • Inversión publicitaria y volumen de ventas
  • La envergadura de la empresa del titular de la marca
  • Existencia de resoluciones de protección anteriores

9. Procedimientos de oposición y de anulación

Oposición durante el plazo de publicación

Se puede presentar una oposición ante el Ministerio de Economía en un plazo de 30 días a partir de la publicación de la marca. No se permite la prórroga del plazo (plazo estricto). La Comisión de Marcas del Ministerio de Economía examina el caso y la resolución puede ser recurrida ante el Tribunal Federal de Apelación.

Anulación por falta de uso

Si no se ha hecho uso de la marca durante cinco años consecutivos desde su registro, cualquier parte interesada puede solicitar su anulación ante el Ministerio de Economía. La carga de la prueba del uso recae en el titular de la marca.

10. Ejercicio de los derechos y respuesta ante infracciones

Procedimientos administrativos del Ministerio de Economía

Respuesta del Ministerio de Economía ante las infracciones

  • Embargo de productos infractores y precintado de almacenes
  • Orden de suspensión de la actividad
  • Multas (hasta 1 000 000 AED, unos 35 millones de yenes)
  • Coordinación de la denuncia penal

Demanda civil ante el Tribunal de Propiedad Intelectual

Es posible interponer demandas por infracción ante el Tribunal de Propiedad Intelectual de Dubái, el Tribunal de Propiedad Intelectual de Abu Dabi, etc. Las principales medidas de reparación son la orden de cesación, la indemnización por daños y perjuicios y la restitución de beneficios. Las solicitudes de medidas cautelares se dictan en unos días si se reconoce la urgencia.

Medidas aduaneras en la frontera

Es posible impedir la importación de productos falsificados mediante el registro de la marca en la Autoridad Federal de Aduanas de los EAU. La nueva ley de 2021 refuerza la facultad de las aduanas para dictar medidas cautelares de oficio. Los puertos de Jebel Ali (Dubái) y Khalifa (Abu Dabi) son los principales centros de tránsito.

Sanciones penales

La falsificación de marcas se castiga con pena de prisión de hasta un año y multa de hasta 100 000 AED. La nueva ley de 2021 endurece las penas contra la falsificación organizada.

11. Diferencias entre los sistemas de Japón y los Emiratos Árabes Unidos

Aspecto Japón EAU
Idioma de la solicitudJaponésÁrabe o inglés
Conformidad con la ley religiosaNoConforme a la ley de la sharia
Plazo de impugnación2 meses tras el registro30 días desde la publicación (previo)
Cancelación por falta de uso3 años5 años
Estructura judicialOficina de Patentes → Tribunal Superior de Propiedad IntelectualMinisterio de Economía → Tribunal Federal de Apelación → Tribunal Supremo Federal
Tasa de solicitud (1 clase)12 000 yenesAproximadamente 30 000 yenes (elevada)
Requisitos del POANo es necesarioApostilla + traducción al árabe

12. Lista de verificación práctica para empresas japonesas

Antes de la solicitud

  • Designación de un representante registrado en el Ministerio de Economía de los EAU (obligatorio)
  • Comprobación de la conformidad con la sharia (alcohol, carne de cerdo, aspectos religiosos)
  • Preparación de la apostilla del poder notarial (POA) + traducción al árabe
  • Elección entre el Sistema de Madrid y la solicitud directa (la solicitud directa es fácil de considerar si se trata de varias clases)

Después de la solicitud

  • Inicio del uso en los EAU en un plazo de 5 años tras el registro (medidas para evitar la cancelación por falta de uso)
  • Conservación continua de pruebas de uso
  • Gestión del plazo de renovación (10 años)
  • En caso de detectarse una infracción, estudiar la posibilidad de recurrir conjuntamente al Ministerio de Economía, la Aduana y el Tribunal de Propiedad Intelectual
  • Vigilancia de la distribución de productos falsificados en zonas de libre comercio como la Zona Franca de Jebel Ali

Resumen

El sistema de marcas de los EAU es un sistema único que combina la modernización introducida por la Ley Federal n.º 36 de 2021 con la singularidad que le confiere su conformidad con la sharia. Para que las empresas japonesas logren el éxito de sus marcas en el mercado de los EAU, es fundamental combinar la verificación previa de la conformidad con la sharia y la expansión multinacional eficiente mediante la adhesión al Arreglo de Madrid, así como aplicar medidas de control en la frontera que aprovechen la función de centro neurálgico de Oriente Medio que desempeñan lugares como el puerto de Jebel Ali. Consulte también nuestros servicios de solicitud de marcas internacionales y registro de marcas en el marco del Arreglo de Madrid.

Asesoramiento sobre solicitudes de marcas en los EAU

El despacho de propiedad intelectual Ebolix ofrece un amplio apoyo en la solicitud y el ejercicio de derechos de marcas en los principales países de Oriente Medio, incluidos los EAU (países del CCG, Arabia Saudí, Catar, Turquía, etc.). Contamos con abogados especializados en propiedad industrial con amplia experiencia práctica, que colaboran con representantes locales para ofrecerle asistencia en materia de cumplimiento de la nueva legislación de 2021, cumplimiento de la sharia y trámites aduaneros en Jebel Ali.

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Fuentes y material de referencia

▼ Legislación primaria

  • Ley Federal n.º 36 de 2021 relativa a las marcas (en vigor desde el 2 de enero de 2022)
  • Reglamento de aplicación de la Ley de Marcas
  • Ley Federal n.º 37 de 1992 (ley anterior y disposiciones transitorias)
  • Ley Federal de Aduanas (medidas en la frontera)
  • Código Penal de los EAU (Código Penal; relativo a la falsificación de marcas)

▼ Fuentes de información de organismos oficiales

  • Sitio web oficial del Ministerio de Economía de los EAU: moec.gov.ae
  • Servicios electrónicos de marcas de los EAU: sistema de solicitud electrónica del Ministerio de Economía
  • Portal de la OMPI sobre propiedad intelectual (EAU): wipo.int
  • WIPO Lex: wipo.int/wipolex
  • Adhesión al Protocolo de Madrid (28 de diciembre de 2021): Sistema de Madrid de la OMPI
  • Autoridad Federal de Aduanas: Aduanas de los EAU

▼ Documentos explicativos de organismos japoneses

  • Informe de JETRO «El sistema de propiedad intelectual en los EAU»
  • Oficina de Patentes: «Información sobre los sistemas de propiedad industrial en el extranjero (EAU y Oriente Medio)»
  • INPIT: Información sobre propiedad intelectual en países emergentes

▼ Acuerdos internacionales

  • Convenio de París (adhesión de los EAU en 1996)
  • Protocolo de Madrid (los EAU se adhirieron en diciembre de 2021)
  • Acuerdo sobre los ADPIC (adhesión a la OMC en 1996)
  • Convenio de la Apostilla (adhesión de los EAU en 2014)
  • Marco de armonización de marcas del CCG (Consejo de Cooperación del Golfo)
  • Acuerdo de inversión entre Japón y los EAU (en vigor desde 2018)

*Este artículo se ha elaborado con fines informativos generales a partir de las fuentes primarias y la información oficial mencionadas anteriormente, a fecha de abril de 2026. Dado que la legislación está sujeta a modificaciones, se recomienda consultar las fuentes primarias y a expertos para obtener la información más actualizada. Para la toma de decisiones concretas en casos individuales, se recomienda consultar a expertos, incluidos representantes locales.

AUTOR / Redactor

Takefumi Sugiura

Representante y abogado especializado en propiedad intelectual del bufete EVORIX

Presta apoyo a clientes de una amplia gama de sectores, como TI, fabricación, startups, moda y medicina, desde la solicitud de patentes, marcas, diseños y derechos de autor hasta los procedimientos de recurso y los litigios por infracción. También es experto en estrategias de propiedad intelectual en campos de vanguardia como la IA, el IoT, Web3 y FinTech. Pertenece a varias organizaciones, entre ellas el Colegio de Abogados de la Propiedad Industrial de Japón, la Asociación Asiática de Abogados de la Propiedad Industrial (APAA) y la Asociación Japonesa de Marcas (JTA).