Los asesores jurídicos extranjeros especializados en propiedad intelectual que se encarguen de la tramitación de patentes en Japón se encontrarán con resoluciones de la Oficina de Patentes de Japón (JPO) (notificaciones de motivos de denegación, «kyozetsu riyu tsuchi»). Esta guía explica los tipos de resoluciones, las estrategias de respuesta, los plazos, las normas de modificación, la eficaz opción de entrevista con el examinador y el procedimiento de recurso ante denegaciones definitivas.
Puntos clave
Las resoluciones de la Oficina Japonesa de Patentes se clasifican en categorías según el motivo de denegación:
| Tipo de resolución | Artículo (Ley de Patentes) | Causa típica |
|---|---|---|
| Novedad | Art. 29, apartado 1 | El estado de la técnica anticipa la reivindicación |
| Actividad inventiva | Art. 29, apartado 2 | La combinación de referencias hace que la reivindicación sea obvia |
| Falta de unidad | Art. 37 | Múltiples invenciones en una misma solicitud |
| Divulgación insuficiente | Art. 36, apartado 4, letra i) | La descripción no permite la puesta en práctica de la reivindicación |
| Imprecisión | Art. 36, apartado 6, inciso ii) | Redacción poco clara de la reivindicación |
| Reivindicación «multi-multi» | Art. 36, apartado 6, inciso iv) | Estructura de reivindicación «multi-multi» (2022+) |
| Nueva materia | Art. 17-2, apartado 3 | Modificación que añade un elemento no incluido en la divulgación original |
La Notificación de motivos de denegación de la Oficina Japonesa de Patentes (JPO) se emite en japonés. Cuatro puntos de la misma determinan cuál debe ser tu siguiente paso:
| Punto de la notificación | Qué indica |
|---|---|
| Fecha de envío ( fecha de expedición) | El plazo de respuesta comienza a partir de esta fecha, no a partir del día en que su agente se lo reenvió. |
| 適用条文 (artículos aplicables) | Art. 29(1) novedad / 29(2) actividad inventiva / 29-2 solicitud presentada con anterioridad / 36(4)(i) capacidad de ejecución / 36(6)(i)-(ii) apoyo y claridad / 37 unidad / 17-2(3) materia nueva. Cada artículo se corresponde con una estrategia de respuesta diferente (sección 4). |
| Documentos citados | Lista numerada; el razonamiento identifica qué referencia se aplica a cada reivindicación. |
| Marcado «final» | Si la notificación se marca como «definitiva», las modificaciones se limitan a las categorías restringidas del art. 17-2(5) (véase la sección 3). Compruébalo antes de redactar. |
¿Se ha presentado la solicitud en Japón sin un agente de patentes japonés?
Un solicitante del PCT que resida fuera de Japón puede entrar en la fase nacional sin un representante japonés, pero debe designar a un administrador de patentes (特許管理人) en un plazo de tres meses a partir de la fecha estándar de tramitación nacional (art. 184-11; Reglamento, art. 38-6-2). Si no se cumple este plazo, la Oficina Japonesa de Patentes (JPO) emite un aviso y concede dos meses adicionales; de no cumplirse, la solicitud se considerará retirada, pudiendo recuperarse únicamente bajo el criterio de «falta involuntaria» (tasa de restablecimiento: 212 100 JPY). Consulte nuestra guía de entrada en la fase nacional antes de responder a cualquier notificación de la Oficina.
El plazo establecido para presentar un dictamen escrito (意見書) comienza a contar a partir de la fecha de envío que figura en la notificación. Según el Manual de Examen de Formalidades de la JPO (04.10), el plazo es de 60 días para los solicitantes residentes en Japón y de 3 meses para los solicitantes en el extranjero (在外者), lo que se aplica a prácticamente todos los solicitantes de la fase nacional del PCT que lean esta página.
Las prórrogas se rigen por la práctica de la JPO vigente desde el 1 de abril de 2016 (solicitudes de patente):
| Cuando se solicita | Solicitante extranjero | Solicitante residente en Japón | Tasa oficial |
|---|---|---|---|
| Antes de que expire el plazo | +2 meses en la primera solicitud, +1 mes en la segunda (máx. +3 meses); no es necesario justificar el motivo; ambas pueden presentarse a la vez | +2 meses (una solicitud) | 2.100 JPY por solicitud |
| Una vez vencido el plazo — en un plazo de 2 meses a partir del vencimiento | +2 meses a partir de la fecha de vencimiento original (no a partir de la fecha de la solicitud); no es necesario justificar el motivo. No disponible si se ha concedido una prórroga antes del vencimiento o si ya se ha presentado un dictamen o una modificación dentro del plazo | 51 000 JPY | |
Por qué es importante esto en un caso que se tramitó sin abogado local
Si nadie en Japón estaba pendiente del expediente, es posible que la notificación no salga a la luz hasta que haya transcurrido el plazo de tres meses. La vía posterior a la expiración descrita anteriormente significa que, a menudo, aún se puede reabrir el plazo de respuesta, siempre que la solicitud se presente en un plazo de dos meses a partir de la fecha de expiración original. Envía la notificación al abogado japonés el mismo día en que la encuentres.
La falta de respuesta no supone la retirada de la solicitud, sino que da lugar a una resolución de denegación (拒絶査定), lo que a su vez inicia el plazo de tres meses para interponer recurso descrito en la sección 7. Es posible la restitución en virtud del «deber de diligencia» en el plazo de un año, pero rara vez se concede.
Seguimiento de plazos: las notificaciones de la Oficina Japonesa de Patentes (JPO) se emiten en una fecha concreta del calendario, y el plazo de 60 días comienza ese mismo día. Los abogados extranjeros deben añadir un margen de 5 a 7 días para el correo internacional y la tramitación.
Las modificaciones permitidas en respuesta a las notificaciones de objeción (OA) se rigen por normas complejas:
Primera notificación de objeciones:
- Las modificaciones deben ceñirse a «los elementos divulgados en la especificación, las reivindicaciones o los dibujos originales» (artículo 17-2, apartado 3)
- Las modificaciones NO deben añadir «nuevos elementos» que no figuren en la divulgación original
- Dentro de estos límites, por lo general, cualquier modificación es aceptable
Notificación de objeciones definitiva (tras la respuesta a la primera notificación de objeciones):
- Se aplica la misma norma sobre «materia nueva».
- ADEMÁS: las modificaciones deben limitarse a una reducción limitada, la supresión de reivindicaciones, la corrección de errores materiales o la aclaración de descripciones ambiguas
- Queda restringida la incorporación de nuevas características que no figuraran anteriormente en las reivindicaciones
Consejo práctico: Aprovecha la primera respuesta a la notificación de objeciones como oportunidad para una reestructuración más amplia de las reivindicaciones. Tras la notificación de objeciones final, tus opciones se reducen significativamente. Las cuatro categorías permitidas, la prueba de patentabilidad independiente y el rechazo de modificaciones que no cumplan los requisitos se tratan en nuestra guía sobre materia nueva y los límites de modificación en la notificación de objeciones final, según el art. 17-2.
Rechazo por falta de novedad: argumenta las características distintivas y modifica las reivindicaciones para especificar las diferencias con respecto al estado de la técnica
Denegación por actividad inventiva: Argumente los efectos técnicos inalcanzables a partir de las combinaciones citadas, especifique las cuestiones relacionadas con la motivación y añada características restrictivas; vea cómo el examinador construye una denegación en virtud del art. 29, apartado 2, y cómo desmontarla
Falta de unidad: presentar una solicitud divisional para las invenciones independientes, O bien argumentar que existe unidad
Divulgación insuficiente: citar pasajes concretos de la memoria descriptiva; en ocasiones, presentar una declaración que demuestre la capacidad de ejecución
Imprecisión: Aclarar la redacción, definir los términos en la reivindicación o en la memoria descriptiva —a menudo se debe a la traducción en los casos de fase nacional; véanse los rechazos por falta de apoyo, claridad y capacidad de ejecución en virtud del art. 36
Reivindicaciones múltiples: reestructurarlas en reivindicaciones dependientes o independientes únicas (comprueba qué solicitudes se ven afectadas)
Materia nueva: Anular la modificación problemática (ver qué sigue considerándose dentro de la divulgación original)
«No constituye una invención» (art. 29, apartado 1, párrafo principal): reformular las reivindicaciones de software y de métodos de negocio de modo que el procesamiento de la información se realice concretamente mediante recursos de hardware; véase la prueba de los recursos de hardware
Japón ofrece una herramienta muy eficaz que no siempre está disponible en otras jurisdicciones: la entrevista con el examinador.
Cómo funciona:
- Solicitar una entrevista con el examinador a través del benrishi
- Se debaten las modificaciones propuestas antes de la presentación formal
- El examinador ofrece comentarios preliminares
- A menudo se llega a un acuerdo sobre el alcance admisible de las reivindicaciones
Por qué es eficaz:
- El diálogo directo aclara los malentendidos técnicos
- El examinador puede señalar la redacción de las reivindicaciones que consideraría aceptable
- Es más rápido que los intercambios de notas de observación (OA) de ida y vuelta
- La tasa de concesión tras la entrevista es, estadísticamente, un 20 % más alta
Coste: entre 400 y 800 dólares en honorarios de abogado por la preparación y realización de la entrevista. A menudo, supone una gran inversión.
| Complejidad | Honorarios del abogado (USD) | Tasa de la JPO | Total |
|---|---|---|---|
| Notificación de objeciones sencilla (1-2 cuestiones, sin modificaciones) | 640–950 $ | 0 | 640–950 $ |
| Acceso abierto moderado (con correcciones) | 950–1 470 | 0 | 950–1 470 |
| OA compleja (varias cuestiones, declaraciones) | 1.470–1.870 | 0 | 1.470–1.870 $ |
| + Entrevista con el examinador | + 400–800 $ | 0 | +400–800 $ |
| Solicitud de prórroga (si fuera necesario) | 80 $ | 14 $ | 94 |
Si, tras las respuestas a la notificación de objeciones, el examinador mantiene el rechazo, se emite una resolución de rechazo definitiva (拒絶査定, kyozetsu satei).
Opciones de recurso:
Opción 1: Solicitud de reconsideración previa al juicio (审判前審查官による再考慮): el examinador revisa el caso de nuevo con una perspectiva fresca
Opción 2: Recurso ante la Sala de Apelación de la JPO (juicio de apelación contra la resolución de denegación) — Presentar la apelación en un plazo de tres meses a partir de la notificación de la resolución (art. 121, apartado 1); para los solicitantes extranjeros, la JPO amplía este plazo de oficio en 60 días, con arreglo al art. 4 (Manual de Examen de Formalidades 04.10). Revisión por un tribunal compuesto por tres jueces. Tasa de revocación de aproximadamente el 50 %.
Opción 3: Continuar el trámite mediante una solicitud divisional — Presentar una solicitud divisional con reivindicaciones modificadas en un plazo de 3 meses a partir de la notificación (art. 44, apartado 1, inciso iii); plazo ampliado en consonancia con el plazo de recurso para los solicitantes extranjeros, art. 44, apartado 6). Plazos, límites de modificación y cómo combinar las tres vías: ¿Ha recibido una resolución de denegación? Recurso, reexamen previo al recurso o solicitud divisional.
La Sala de Recurso de la JPO es un órgano independiente de la división de examen.
Procedimiento:
- Presentar el recurso en un plazo de tres meses a partir de la notificación de la resolución de denegación (art. 121, apartado 1); los solicitantes extranjeros disfrutan de una prórroga de oficio de 60 días (art. 4)
- Abonar la tasa de recurso (49 500 JPY de base + tasa por reivindicación)
- Presentar alegaciones por escrito (normalmente entre 30 y 60 páginas).
- Audiencia oral opcional (muy recomendable)
- La resolución suele tardar entre 6 y 18 meses
Resultados:
- Confirmación (se mantiene la denegación definitiva)
- Revocación (se concede la patente; el caso se devuelve al examinador)
- Revocación con la obligación de modificar las reivindicaciones
Si la Sala de Recurso de la Oficina Japonesa de Propiedad Industrial (JPO) confirma la denegación, puede interponer un recurso ante el Tribunal Superior de Propiedad Intelectual (知的財産高等裁判所).
Procedimiento:
- Presentar el recurso en un plazo de 30 días a partir de la resolución de la Junta de Apelación
- Se limita a motivos específicos (error de procedimiento, error de hecho, etc.)
- La resolución suele tardar entre 12 y 24 meses
- Es posible recurrir ante un tribunal superior (Tribunal Supremo), pero las posibilidades son muy limitadas
A partir de una década de experiencia en procedimientos de tramitación de solicitudes:
1. La entrevista con el examinador es tu mejor herramienta: utilízala sin reparos, especialmente en las segundas solicitudes de revisión (OA)
2. El PPH es la mejor prevención: menos notificaciones de objeción desde el principio
3. No aceptes una concesión limitada en la primera notificación de objeción: argumenta en dicha notificación cuando el alcance de la modificación sea más amplio
4. Documenta todo: el principio de «estoppel» del expediente de la Oficina de Patentes de Japón (JPO) se aplica en los litigios
5. Plantéate presentar una solicitud divisional: conserva la opción de perseguir un alcance diferente al tiempo que aceptas la concesión
P. ¿Puedo presentar modificaciones tras la notificación de objeción final?
R. Sí, pero con restricciones. Las modificaciones en la notificación de objeciones final deben encuadrarse en una de estas cuatro categorías: reducción limitada, supresión de reivindicaciones, corrección de errores o aclaración. Las nuevas adiciones al alcance de las reivindicaciones están restringidas.
P. ¿Cuál es la tasa de éxito ante la Junta de Apelación de la JPO?
R. Tasa de revocación de aproximadamente el 50 % (recursos estimados). Las audiencias orales aumentan ligeramente las posibilidades de éxito. Es fundamental presentar argumentos sólidos.
P. ¿Cuánto tiempo suele llevar preparar una respuesta a una notificación de objeciones?
R. Normalmente: entre 7 y 14 días laborables. En casos complejos: entre 2 y 3 semanas. La entrevista con el examinador añade entre 1 y 2 semanas para la programación.
P. ¿Puedo ampliar el plazo de 60 días de la notificación de objeción (OA)?
R. Para los solicitantes extranjeros, el plazo es de 3 meses, no de 60 días. Antes de que expire, se puede prorrogar por 2 meses (primera solicitud) más 1 mes (segunda solicitud), a 2.100 JPY cada una, sin necesidad de justificar los motivos. Si ya ha vencido, aún se puede solicitar una única prórroga de dos meses en los dos meses siguientes a la fecha de vencimiento (51 000 JPY), salvo que se haya concedido una prórroga antes del vencimiento o que ya se haya presentado una respuesta. Fuente: Aviso de la JPO sobre la práctica de prórrogas a partir del 1 de abril de 2016.
P. ¿Qué ocurre si no cumplo el plazo de la notificación de objeciones?
R. La solicitud no se retira; el examinador emite una resolución de denegación. A partir de ese momento, dispones de tres meses desde la notificación (más una prórroga de oficio de 60 días para los solicitantes extranjeros) para presentar un recurso, y se pueden presentar modificaciones junto con el recurso. Antes de llegar a esa fase, compruebe si aún está disponible la prórroga de dos meses tras el vencimiento (solicitable en los dos meses siguientes al vencimiento, 51 000 JPY).
P. ¿Debería acudir a una entrevista con el examinador en la primera notificación de objeciones?
R. En el caso de denegaciones complejas o cuando el alcance de las reivindicaciones no esté claro, sí. En el caso de denegaciones sencillas (que requieran modificaciones claras), la entrevista supone un coste adicional sin aportar grandes beneficios.
Guías detalladas por motivo de denegación para casos en fase nacional
Denegaciones por actividad inventiva (art. 29, apartado 2): cómo construye el examinador su argumentación — y cómo refutarla
→ Leer la guía completa
Elementos nuevos y notificaciones «finales» de la oficina: límites de las modificaciones con arreglo al art. 17, apartado 2
→ Leer la guía completa
Denegaciones por falta de apoyo, claridad y habilitación (art. 36)
→ Leer la guía completa
Rechazos por «no ser una invención» (art. 29, apartado 1): el software y la prueba de los recursos de hardware
→ Leer la guía completa
¿Ha recibido una resolución de denegación? Recurso, reexamen previo al recurso o solicitud divisional
→ Leer la guía completa
¿Ha dejado pasar el plazo de 30 meses para Japón? Restablecimiento en virtud del criterio de «no intencionalidad»
→ Leer la guía completa
Sigue explorando temas sobre propiedad intelectual en Japón para asesores extranjeros
PPH en Japón: cómo los solicitantes extranjeros ahorran más del 50 % en el examen de patentes
→ Leer la guía completa
Traducción de patentes en Japón: proceso de revisión híbrido con IA y «benrishi»
→ Leer la guía completa
Entrada en la fase nacional del PCT en Japón: guía completa de costes y plazos para 2026
→ Leer la guía completa
Búsqueda de patentes y análisis de libertad para actuar (FTO) en Japón para abogados extranjeros
→ Leer la guía completa
RECURSOS DE PILLAR
Centro de asesores extranjeros →Todos los servicios de propiedad intelectual en Japón para abogados extranjeros especializados en propiedad intelectual
EVORIX gestiona más de 500 respuestas a notificaciones de la Oficina Japonesa de Patentes al año para abogados extranjeros especializados en propiedad intelectual. Nuestro equipo destaca en entrevistas con los examinadores y en el tratamiento de denegaciones complejas por falta de actividad inventiva. Estructura de tarifas fijas, plazos transparentes y comunicación en inglés en todo momento. Obtén un presupuesto para tu notificación en 24 horas.
Fuentes (verificadas en septiembre de 2026)