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Rechazos por motivos de apoyo, claridad y admisibilidad en Japón (artículo 36): cómo subsanar las objeciones relativas a los requisitos de la descripción en un procedimiento de fase nacional

Support, Clarity and Enablement Rejections in Japan (Article 36): Fixing Description-Requirement Objections in a National Phase Case

No todas las resoluciones de la Oficina Japonesa se refieren al estado de la técnica. Una gran parte de las objeciones en los expedientes de la fase nacional se basan en el artículo 36 —los requisitos de descripción— y muchas de ellas son, en el fondo, problemas de traducción y de convenciones de redacción, más que defectos de fondo. Este artículo explica qué exige cada requisito del artículo 36, por qué las especificaciones del PCT traducidas dan lugar a ellos y qué soluciones son posibles dentro de los límites de «materia nueva» del artículo 17, apartado 2, párrafo 3.

1. Los cinco requisitos que puede citar la notificación

DisposiciónRequisitoMotivo típico en un caso PCT
Art. 36, apartado 4, letra i)Descripción detallada, clara y suficiente para que un experto en la materia pueda llevar a cabo la invención (capacidad de ejecución)Etapas o parámetros del procedimiento no explicados; resultados afirmados sin indicar cómo llevarlos a cabo
Art. 36, apartado 6, letra i)La invención reivindicada está descrita en la descripción detallada (fundamento)Reivindicación de género amplio, ejemplos restrictivos; reivindicaciones funcionales más amplias que los medios divulgados
Art. 36, apartado 6, letra ii)La invención reivindicada es clara (claridad)Términos indefinidos, expresiones relativas, terminología incoherente tras la traducción
Art. 36, apartado 6, inciso iii)Cada reivindicación es concisaReivindicaciones redundantes o duplicadas
Art. 36, apartado 6, inciso iv)Reivindicaciones redactadas según lo prescrito por la orden ministerialReivindicaciones con múltiples dependencias (solicitudes presentadas a partir del 1 de abril de 2022)

2. Capacidad de ejecución: art. 36, apartado 4, letra i)

La descripción detallada debe permitir al experto en la materia llevar a cabo la invención en todo el ámbito reivindicado. En los casos de fase nacional, la objeción suele centrarse en reivindicaciones relativas a un resultado o un parámetro en las que la memoria describe una forma de lograrlo, pero se reivindican todas las formas, o en las que falta una condición de fabricación esencial para reproducir los ejemplos. La respuesta suele consistir en una combinación de argumentos (el paso que falta forma parte de los conocimientos generales comunes —respaldado por una referencia—), datos que confirmen que la enseñanza divulgada funciona y, cuando sea necesario, la restricción de la reivindicación al ámbito habilitado.

3. Fundamento: art. 36, apartado 6, letra i)

El fundamento se refiere a si el alcance de la reivindicación está respaldado por la divulgación: es decir, si el experto en la materia podría reconocer a partir de la descripción que el problema se resuelve en todo el ámbito reivindicado. Los casos habituales son los de química y mecánica con uno o dos ejemplos y una reivindicación amplia. Dado que la descripción no puede ampliarse (materia nueva), las opciones prácticas consisten en argumentar que el principio divulgado se extiende al ámbito reivindicado, o en restringir la reivindicación hacia los ejemplos —teniendo en cuenta que, tras una notificación final, la restricción debe cumplir los requisitos de una restricción limitada con arreglo al artículo 17-2, apartado 5.

4. Claridad y concisión: art. 36, apartado 6, incisos ii) y iii)

Las objeciones por falta de claridad son las que más dependen de la traducción. La reivindicación examinada es el texto japonés; un término traducido con una palabra japonesa que tiene un significado técnico diferente, una expresión relativa sin un estándar, o la misma característica traducida de dos maneras distintas en las reivindicaciones y en la descripción darán lugar a una objeción en virtud del art. 36, apartado 6, incisos ii) y iii). Las soluciones consisten en una modificación coherente con la divulgación original o —cuando el texto original en lengua extranjera respalde el significado pretendido— en la presentación de una traducción corregida acompañada de una exposición de motivos (誤訳訂正書, art. 17-2(2)). Las objeciones por falta de concisión suelen desaparecer con la misma modificación.

5. El requisito de la Orden Ministerial y las reivindicaciones «multi-multi»: artículo 36, apartado 6, inciso iv)

El punto (iv) es el punto clave de la restricción relativa a las reivindicaciones «multi-multi»: desde el 1 de abril de 2022, la ordenanza prohíbe una reivindicación dependiente múltiple que haga referencia a otra reivindicación dependiente múltiple, y la Oficina Japonesa de Patentes (JPO) no examina el fondo de dichas reivindicaciones hasta que se subsanen. La restricción se aplica en función de la fecha de presentación internacional, por lo que una solicitud PCT presentada antes de esa fecha queda exenta, incluso si se introdujo en Japón posteriormente. La reestructuración es un trámite habitual; los detalles y la herramienta de verificación gratuita de la JPO se encuentran en nuestra guía sobre reivindicaciones «multi-multi».

6. Correcciones que se ajustan a los límites de «materia nueva»

Corrección¿Admisible?
Modificar las reivindicaciones utilizando la redacción que figura en la descripciónSí — la solución estándar
Definir un término de la reivindicación utilizando una definición de la descripción
Añadir una definición o un ejemplo que no figure en la divulgación originalNo — materia nueva (art. 17, apartado 2, párrafo 3)
Corregir un error de traducción cuando el texto original respalde el significado pretendidoSí — mediante una traducción corregida con justificación
Presentar datos experimentalesSí, para confirmar un efecto divulgado o la aplicabilidad; no para suplir una divulgación que falte
Limitar el alcance tras una notificación definitivaSolo como restricción limitada (mismo campo, mismo problema) o supresión de reivindicaciones — Art. 17-2(5)

Para conocer las normas sobre plazos y prórrogas que rigen todas estas respuestas para los solicitantes extranjeros, consulte el centro de información sobre resoluciones de la Oficina; para conocer los procedimientos de modificación, consulte la guía sobre nuevos elementos y la resolución definitiva de la Oficina.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre «fundamento» y «capacidad de ejecución» en Japón?
El «fundamento» (art. 36(6)(i)) se refiere a si la invención reivindicada está descrita en la descripción detallada —es decir, si el alcance de la reivindicación está respaldado por la divulgación—. La «ejecutabilidad» (art. 36(4)(i)) se refiere a si la descripción detallada es clara y suficiente para que un experto en la materia pueda llevar a cabo la invención. Una reivindicación amplia con ejemplos limitados suele dar lugar a una objeción por falta de apoyo; un proceso explicado de forma insuficiente da lugar a una objeción por falta de habilitación.
¿Puedo presentar datos experimentales para superar una objeción relativa a la descripción?
Los datos pueden confirmar lo que la descripción ya enseña o afirma y pueden ayudar a demostrar que el experto en la materia podría llevar a cabo la invención; no pueden aportar una divulgación que falte, ya que la descripción en sí misma no puede modificarse para añadir nuevos elementos (art. 17-2, apartado 3).
¿Por qué las reivindicaciones traducidas suelen dar lugar a objeciones por falta de claridad con tanta frecuencia?
Porque la reivindicación examinada es el texto en japonés. Los términos sin un equivalente japonés establecido, el lenguaje funcional y las expresiones relativas («aproximadamente», «sustancialmente») traducidas sin una norma definida son motivos habituales. Se puede presentar una traducción corregida (誤訳訂正書) cuando el texto original en lengua extranjera respalde el significado pretendido.
¿Qué es el art. 36, apartado 6, inciso iv), y por qué se invoca contra las reivindicaciones «multi-multi»?
El inciso (iv) exige que las reivindicaciones se redacten según lo prescrito por la orden ministerial. Desde el 1 de abril de 2022, la orden prohíbe las reivindicaciones dependientes «multi-multi», por lo que se notifica una infracción en virtud del art. 36, apartado 6, inciso iv), y dichas reivindicaciones quedan excluidas del examen sustantivo hasta que se subsanen. Consulte nuestra guía sobre reivindicaciones «multi-multi».
¿Es grave una objeción por falta de concisión?
Rara vez lo es por sí sola; suele ir acompañada de una objeción por falta de claridad cuando las reivindicaciones son repetitivas o innecesariamente largas. Normalmente se resuelve con la misma modificación que resuelve la falta de claridad.

PARA ABOGADOS Y SOLICITANTES EXTRANJEROS

¿Se acerca un plazo de la JPO en un caso japonés?

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Descargo de responsabilidad

Este artículo ofrece información general sobre la práctica en materia de patentes en Japón a fecha de septiembre de 2026 y no constituye asesoramiento jurídico. Los plazos, las tasas y la práctica de examen pueden sufrir modificaciones, y el plazo para un caso concreto depende de los documentos que se emitan realmente. Consulte a un agente de patentes japonés cualificado sobre su caso concreto.

Fuentes