No todas las resoluciones de la Oficina Japonesa se refieren al estado de la técnica. Una gran...
Denegaciones por «no constituir una invención» en Japón (artículo 29, apartado 1, párrafo principal): software, métodos comerciales y el criterio de los recursos de hardware
Una resolución de la Oficina Japonesa de Patentes en la que se afirma que el objeto reivindicado «no constituye una invención» cita el párrafo principal del artículo 29, apartado 1. Se trata del equivalente japonés a las denegaciones por falta de elegibilidad que se producen en otros países, pero el criterio es diferente: la cuestión es si la reivindicación constituye una creación de una idea técnica que utilice una ley de la naturaleza y, en el caso del software, la Oficina Japonesa de Patentes (JPO) plantea una pregunta concreta a la que se puede responder: ¿se lleva a cabo el procesamiento de la información de forma concreta utilizando recursos de hardware? Este artículo explica el criterio y cómo reformular una reivindicación para superarlo.
Índice
- La definición legal y el origen de la denegación
- Qué no es una invención: la lista de las Directrices
- El principio de la reivindicación en su conjunto
- Software: la prueba de los recursos de hardware (Manual de Examen, Anexo B)
- Reformulación de una reivindicación para que sea aceptada
- Invenciones relacionadas con la actividad empresarial y reivindicaciones relacionadas con la IA
- Preguntas frecuentes
1. La definición legal y el origen de la denegación
El artículo 2, apartado 1, de la Ley de Patentes define una invención como una creación muy avanzada de una idea técnica que utilice una ley de la naturaleza; el artículo 29, apartado 1, párrafo principal, concede una patente únicamente a quien haya realizado una invención que sea industrialmente aplicable. Una reivindicación que no se ajuste a la definición se rechaza en virtud del párrafo principal del artículo 29, apartado 1, sin que se examine el estado de la técnica; por eso este motivo aparece por sí solo, o como «Motivo 1», antes de los motivos sustantivos.
2. Qué no es una invención: la lista de las Directrices
| Categoría (Directrices de examen, parte III, cap. 1) | Ejemplo proporcionado |
|---|---|
| Leyes distintas de las leyes naturales | Leyes económicas |
| Disposiciones artificiales | Reglas de un juego como tal |
| Fórmulas matemáticas | — |
| Actividades mentales humanas | — |
| Materia que utilice únicamente lo anterior | Un método de hacer negocios en sí mismo |
3. El principio de la reivindicación en su conjunto
Las Directrices indican al examinador que evalúe la reivindicación en su conjunto. Aunque algunos aspectos que especifican la invención utilicen una ley de la naturaleza, la reivindicación no constituye una invención si, considerada en su conjunto, no lo hace; a la inversa, aunque algunos aspectos no utilicen una ley de la naturaleza, la reivindicación constituye una invención si, considerada en su conjunto, sí lo hace. Por eso, añadir un término genérico como «ordenador» a un modelo de negocio rara vez resulta útil, mientras que una reivindicación que describa una implementación técnica concreta puede contener elementos no técnicos sin que ello suponga un fallo.
4. Software: la prueba de los recursos de hardware (Manual de examen, anexo B)
En el caso de las invenciones relacionadas con el software informático, el anexo B, capítulo 1 del Manual de Examen establece el criterio operativo: la reivindicación constituye una invención cuando el procesamiento de la información por parte del software se lleva a cabo de forma concreta utilizando recursos de hardware; en otras palabras, cuando el software y el hardware cooperan de tal manera que se construye un aparato específico de procesamiento de información (o un método para hacerlo funcionar) adecuado para el uso previsto. Lo que el examinador busca en la reivindicación:
- Qué elemento de hardware realiza cada paso del procesamiento (procesador, memoria, sensor, unidad de comunicación…)
- Qué datos se recogen, cómo se procesan y qué se genera o se controla
- Si el procesamiento es específico para el fin previsto, en lugar de ser una regla o un cálculo expuesto en el resumen
La reivindicación que no cumple los requisitos
«Un método que comprende: recibir un pedido; determinar un descuento según la regla X; y notificarlo al cliente» —con la frase «mediante un ordenador» añadida— describe una disposición artificial ejecutada en una máquina genérica. Nada en la reivindicación muestra que el software y el hardware cooperen de una manera específica. Se rechaza en virtud del artículo 29, apartado 1, párrafo principal, por muy novedosa que sea la regla X.
5. Reformulación de una reivindicación para que sea admisible
| De | A |
|---|---|
| «Un método de… que comprende los pasos A, B, C» | «Un aparato de procesamiento de información que comprende una unidad receptora que adquiere… datos de…; una unidad de procesamiento que… los datos mediante…; y una unidad de salida que…» |
| «mediante un ordenador» como preámbulo | Cada paso vinculado a un elemento de hardware descrito y a los datos que maneja |
| Una regla o fórmula como contribución reivindicada | Los medios técnicos mediante los cuales se aplica la regla a datos concretos para producir un resultado concreto |
| Un resultado empresarial («aumentar las ventas») | Un efecto técnico del procesamiento («reducir el volumen de datos transmitidos», «acortar el tiempo de respuesta») |
Todo ello debe deducirse de la divulgación original (art. 17-2, apartado 3). Las especificaciones redactadas para otras oficinas suelen describir la implementación en la descripción detallada sin reivindicarla; en ese caso, es posible presentar una modificación. Si la descripción contiene únicamente el esquema, el caso resulta complicado.
6. Invenciones relacionadas con la actividad empresarial y reivindicaciones relacionadas con la IA
Las invenciones relacionadas con la actividad empresarial se examinan con arreglo al mismo criterio: la idea comercial no es patentable en sí misma, pero sí puede serlo su implementación mediante un tratamiento específico de la información que utilice recursos de hardware. Las reivindicaciones relacionadas con la IA siguen la misma lógica: un modelo entrenado o un método de entrenamiento se reivindica en función de los datos tratados, el procesamiento realizado y el hardware en el que se ejecuta, y no únicamente por la idea matemática. La Oficina Japonesa de Patentes (JPO) publica ejemplos prácticos de ambos casos en los anexos del Manual. Para conocer los plazos y las prórrogas relativos a la propia resolución de la Oficina, consulte el centro de información sobre resoluciones de la Oficina; para conocer los motivos de fondo que suelen seguir a una denegación por falta de patentabilidad, consulte nuestra guía sobre la actividad inventiva.
Preguntas frecuentes
¿Qué exige el párrafo principal del artículo 29, apartado 1?
¿Qué elementos no se consideran invenciones según la práctica de la JPO?
¿En qué consiste la prueba de recursos de hardware para el software?
¿Es patentable un método empresarial en Japón?
¿Cómo debe adaptarse a Japón una reivindicación de software al estilo de EE. UU. o de la Oficina Europea de Patentes (EP)?
PARA ABOGADOS Y SOLICITANTES EXTRANJEROS
¿Se le acerca un plazo de la JPO en un caso japonés?
Envíenos la notificación de la Oficina o los detalles del caso: EVORIX se encarga de la entrada en la fase nacional, el nombramiento del administrador de la patente y las respuestas a las notificaciones de la Oficina para los solicitantes extranjeros. Evaluación gratuita y presupuesto cerrado en un plazo de 3 a 5 días laborables.
Artículos relacionados
- ¿Ha dejado pasar el plazo de 30 meses para Japón? Restablecimiento de la fase nacional del PCT según el criterio de «no intencionalidad» (desde abril de 2023)
- Denegaciones por falta de actividad inventiva en Japón (artículo 29, apartado 2): cómo construye el argumento el examinador de la JPO — y cómo rebatirlo
- Elementos nuevos y notificaciones «definitivas» de la Oficina en Japón: límites de modificación en virtud del artículo 17-2 — Lo que aún se puede cambiar
- Denegaciones por falta de apoyo, claridad y habilitación en Japón (artículo 36): cómo subsanar las objeciones relativas a los requisitos de la descripción en un caso de fase nacional
- ¿Ha recibido una resolución de denegación de la JPO? Sus tres opciones: recurso (3 meses + 60 días para los solicitantes extranjeros), reexamen previo al recurso, solicitud divisional
- Notificación de la Oficina Japonesa de Patentes (JPO) para solicitantes extranjeros: plazos, prórrogas, opciones y costes
- Entrada en la fase nacional del PCT en Japón: plazo, restablecimiento, administrador de patentes, costes
- Reivindicaciones «multi-multi» en Japón: qué solicitudes se ven afectadas
- Costes de la entrada en la fase nacional en Japón
Descargo de responsabilidad
Este artículo ofrece información general sobre la práctica en materia de patentes en Japón a fecha de septiembre de 2026 y no constituye asesoramiento jurídico. Los plazos, las tasas y la práctica de examen pueden variar, y el plazo para un caso concreto depende de los documentos que se emitan realmente. Consulte a un agente de patentes japonés cualificado sobre su caso concreto.
Fuentes
- Ley de Patentes de Japón (texto en japonés) — laws.e-gov.go.jp/law/334AC0000000121
- Reglamento de la Ley de Patentes, art. 38-6-2 — laws.e-gov.go.jp/law/335M50000400010
- JPO: prórroga de los plazos de respuesta (práctica a partir del 1 de abril de 2016) — www.jpo.go.jp/system/patent/shinsa/letter/kyozetu_entyou_160401.html
- JPO: prórroga tras la expiración de los plazos en virtud del criterio de «falta de intención» (actualizado el 18 de mayo de 2026) — www.jpo.go.jp/system/laws/rule/guideline/kyusai_method2.html
- Manual de examen de formalidades de la JPO 04.10 (PDF) — www.jpo.go.jp/system/laws/rule/guideline/hoshiki-shinsa-binran/kaitei/document/index/h2904_04_10.pdf
- Directrices de examen de la JPO, Parte III, cap. 2, sec. 2 «Actividad inventiva» (PDF) — www.jpo.go.jp/system/laws/rule/guideline/patent/tukujitu_kijun/document/index/03_0202bm.pdf
- Directrices de examen de la JPO, Parte IV, Cap. 2, «Modificación que añade nuevos elementos» (PDF) — www.jpo.go.jp/system/laws/rule/guideline/patent/tukujitu_kijun/document/index/04_0200bm.pdf
- Directrices de examen de la JPO, Parte III, Cap. 1 «Requisitos para la patentabilidad» (PDF) — www.jpo.go.jp/system/laws/rule/guideline/patent/tukujitu_kijun/document/index/03_0100bm.pdf
- Manual de examen de la JPO, anexo B, cap. 1 «Invenciones relacionadas con el software informático» (PDF) — www.jpo.go.jp/system/laws/rule/guideline/patent/handbook_shinsa/document/index/app_b1.pdf