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¿Has recibido una resolución denegatoria de la JPO? Tus tres opciones: recurso (3 meses + 60 días para los solicitantes extranjeros), revisión previa al recurso, solicitud divisional

Received a Decision of Refusal from the JPO? Your Three Options — Appeal (3 Months + 60 Days for Overseas Applicants), Pre-Appeal Reexamination, Divisional

Una resolución de denegación (拒絶査定) de la Oficina Japonesa de Patentes no supone el fin del procedimiento, sino que da inicio a los plazos más cortos del proceso de tramitación en Japón. Existen tres vías posibles: el recurso, el recurso con modificación que da lugar a una nueva revisión por parte del examinador y la solicitud divisional. Esta guía detalla los plazos —incluida la prórroga de oficio que se concede a los solicitantes extranjeros—, qué cambios permite realizar cada vía y cómo se combinan en la práctica.

1. Plazo: 3 meses a partir de la notificación, más 60 días para los solicitantes extranjeros

AcciónPlazoFundamento
Recurso contra la resolución3 meses a partir de la notificación de la copia certificadaArt. 121, apartado 1
— solicitantes residentes en el extranjeroPrórroga de oficio de 60 díasArt. 4; Manual de examen de formalidades 04.10
— prórroga cuando no se haya respetado el plazo por motivos no imputables al recurrente14 días (en el extranjero: 2 meses) a partir de la desaparición del motivo, dentro de los 6 meses siguientes a la expiraciónArt. 121, apartado 2
Solicitud divisional3 meses a partir de la notificación de la primera resolución denegatoria — se considerará prorrogado por el mismo plazo que cualquier prórroga del plazo de recurso prevista en el art. 4 (solicitantes extranjeros: +60 días)Art. 44, apartado 1, inciso iii), y apartado 6

Dos plazos, no uno

El plazo de recurso (art. 121, apartado 1) y el plazo de la solicitud divisional (art. 44, apartado 1, inciso iii) son dos plazos independientes de tres meses que comienzan el mismo día. Cuando la Oficina Japonesa de Patentes (JPO) prorroga el plazo de recurso para un solicitante extranjero en virtud del art. 4, se considera que el plazo de la solicitud divisional se prorroga por el mismo período (art. 44, apartado 6), por lo que ambos expiran normalmente a los 3 meses más 60 días a partir de la notificación. Siguen siendo dos presentaciones con dos tasas: anótalas ambas en tu agenda y da instrucciones al abogado japonés con suficiente antelación a la fecha, ya que una solicitud divisional requiere que el pliego de condiciones y las reivindicaciones en japonés estén preparados a tiempo.

2. Opción 1: Recurso ante el Departamento de Primera Instancia y Apelación (art. 121)

El recurso es tramitado por un tribunal compuesto por jueces administrativos, que revisa la resolución de nuevo. Es la vía que debe seguir el solicitante cuando sostiene que las reivindicaciones denegadas son admisibles tal y como están, o con un argumento que el examinador no aceptó. Si el tribunal encuentra un motivo de denegación distinto al del examinador, debe emitir una Notificación de los motivos de denegación y permitir una respuesta (art. 159, apartado 2, en aplicación del art. 50). Las modificaciones en esta fase son limitadas (sección 5).

3. Opción 2: Recurso con modificación → Reexamen previo al recurso (artículos 162 y 163)

Si el recurso se presenta junto con una modificación de la descripción, las reivindicaciones o los dibujos, el Comisionado de la Oficina Japonesa de Patentes (JPO) debe encargar a un examinador que vuelva a examinar la solicitud antes de que intervenga la sala de recurso (art. 162). El examinador aplica las disposiciones ordinarias de examen (art. 163) y puede conceder la patente directamente. Para las numerosas denegaciones que se basan en el alcance de las reivindicaciones, esta es la vía más rápida para la concesión: la modificación responde al motivo de denegación, el examinador concede la patente y el recurso nunca llega a una vista. Si el examinador mantiene la denegación, el caso pasa a la sala de recurso.

4. Opción 3: Solicitud divisional en un plazo de 3 meses (art. 44, apartado 1, inciso iii))

Una solicitud divisional presentada en un plazo de tres meses a partir de la notificación de la primera resolución de denegación se considera presentada en la fecha de presentación de la solicitud principal (art. 44, apartado 2). Se examina en función de sus propias reivindicaciones y no está sujeta a los límites de modificación en la fase final que rigen la solicitud principal; sin embargo, no puede añadir nuevos elementos con respecto a la divulgación original de la solicitud principal, y la denegación de esta última se mantiene a menos que se recurra. Las solicitudes divisionales también pueden presentarse en cualquier momento en que sea posible realizar una modificación (art. 44, apartado 1, inciso i)) y en un plazo de 30 días a partir de la decisión de concesión (art. 44, apartado 1, inciso ii)). Para los solicitantes extranjeros, se considera que el plazo de tres meses tras una resolución de denegación se prorroga en consonancia con la prórroga de oficio del plazo de recurso (art. 44, apartado 6).

5. Qué se puede modificar en esta fase

Una modificación presentada junto con el recurso se limita a los cuatro fines del art. 17-2, apartado 5: supresión de una reivindicación, restricción limitada (mismo ámbito, mismo problema), corrección de errores materiales y aclaración de las cuestiones indicadas en la notificación; además, una reivindicación restringida debe ser patentable de forma independiente (art. 17-2, apartado 6). Una modificación que no cumpla los requisitos se desestima (art. 53, aplicado con arreglo al art. 159, apartado 1), y el recurso prosigue sobre la base de las reivindicaciones anteriores. Los procedimientos se explican en nuestra guía sobre cuestiones nuevas y resoluciones definitivas de la Oficina.

6. Elección y combinación de las vías

SituaciónVía habitual
Una modificación restrictiva dentro de las cuatro categorías respondería al motivoRecurso con modificación → reexamen (Opción 2)
El examinador simplemente se equivoca respecto a las reivindicaciones tal y como están formuladasRecurso basado en argumentos (Opción 1), a menudo con una modificación de reserva
Se desea un alcance de las reivindicaciones diferente que no se considere una restricción limitativaDivisional (Opción 3), con frecuencia en paralelo a un recurso
Ya no merece la pena el coste que supone JapónDejar que la resolución sea definitiva, pero comprobar primero la posibilidad de presentar una solicitud divisional si algún alcance tiene valor

Antes incluso de que se emita una resolución de denegación, la mayoría de estos resultados pueden orientarse en la respuesta a la notificación de la Oficina: empieza por el centro de información sobre notificaciones de la Oficina y la guía sobre la actividad inventiva.

Preguntas frecuentes

¿De cuánto tiempo dispongo para recurrir una resolución de denegación?
Tres meses a partir de la fecha en que se notificó la copia certificada de la resolución (art. 121, apartado 1). Para los solicitantes extranjeros, la Oficina Japonesa de Patentes (JPO) prorroga este plazo de oficio en 60 días, en virtud del art. 4 (Manual de Examen de Formalidades 04.10). Si se incumple el plazo por motivos no imputables al recurrente, este podrá presentar el recurso en un plazo de 14 días —2 meses para los residentes en el extranjero— a partir de la fecha en que cese el motivo, y en un plazo de 6 meses tras la expiración del plazo (art. 121, apartado 2).
¿Qué es el reexamen previo al recurso?
Si el recurso se presenta junto con una modificación de la descripción, las reivindicaciones o los dibujos, el Comisionado de la Oficina Japonesa de Patentes (JPO) debe ordenar al examinador que vuelva a examinar la solicitud (art. 162). El examinador podrá entonces conceder la patente sin que el caso llegue a una sala de recurso, un resultado rápido y habitual cuando la modificación responde al motivo de denegación.
¿Qué puedo modificar al interponer un recurso?
Las modificaciones presentadas junto con el recurso están sujetas a los mismos límites que tras una notificación definitiva: supresión de reivindicaciones, restricción limitada, corrección de errores, aclaración (art. 17-2, apartado 5), además de la patentabilidad independiente de la reivindicación restringida (art. 17-2, apartado 6). Una modificación que no cumpla los requisitos se desestimará (art. 53, aplicado por el art. 159).
¿Cuándo puedo presentar una solicitud divisional tras una denegación?
En el plazo de tres meses a partir de la notificación de la primera resolución de denegación (art. 44, apartado 1, inciso iii)). La solicitud divisional se considera presentada en la fecha de presentación de la solicitud principal, pero no puede contener elementos nuevos con respecto a la solicitud principal tal y como se presentó originalmente. Cuando se prorroga el plazo de recurso para un solicitante extranjero en virtud del art. 4 (de oficio, 60 días), se considera que el plazo de tres meses para la solicitud divisional se prorroga por el mismo período (art. 44, apartado 6); por lo tanto, en la práctica, ambos plazos se cuentan a partir de la notificación: tres meses más 60 días. Si se incumple el plazo por motivos no imputables al solicitante, aún se podrá presentar una solicitud divisional en un plazo de 14 días (en el extranjero: 2 meses) a partir de que cese dicho motivo, y en un plazo de 6 meses a partir de la expiración del plazo (art. 44, apartado 7).
¿Puedo presentar un recurso y una solicitud divisional al mismo tiempo?
Sí, y es habitual: el recurso defiende las reivindicaciones que el solicitante considera admisibles, mientras que la solicitud divisional conserva un alcance de reivindicaciones diferente —por ejemplo, uno que no se consideraría una restricción limitada en el recurso—.

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Descargo de responsabilidad

Este artículo ofrece información general sobre la práctica en materia de patentes en Japón a fecha de septiembre de 2026 y no constituye asesoramiento jurídico. Los plazos, las tasas y la práctica de examen pueden sufrir modificaciones, y el plazo para un caso concreto depende de los documentos que se emitan realmente. Consulte a un agente de patentes japonés cualificado sobre su caso concreto.

Fuentes